DECRETO 628 DE 2023
(abril 27)
D.O. 52.378, abril 27 de 2023
por el cual se efectúa el traslado de unos Registradores Principales de Instrumentos Públicos.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 239 del 12 de febrero de 2014, se nombró en propiedad al señor George Zabaleta Tique, identificado con la cédula de ciudadanía número 79428552 de Bogotá D. C., como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Villavicencio, Meta, código 0191 grado 19 y mediante el Decreto 0109 de 21 de enero de 2015, fue incorporado a la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, en el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Villavicencio-Meta, código 0191, grado 20.
Que a través del Decreto 1160 del 11 de julio de 2022, se nombró en provisionalidad al señor Óscar Iván Hernández Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 71630601 de Medellín, como Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Medellín Zona Norte, código 0191 grado 20.
Que mediante correo electrónico de fecha 14 de septiembre de 2022, el señor George Zabaleta Tique presentó solicitud de traslado de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Villavicencio a Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Medellín-Zona Norte.
Que mediante Resolución 00003007 del 19 de abril de 2022 “Por la cual se adoptan unas recomendaciones del Comité de Evaluación del Riesgo y Recomendación de Medidas (Cerrem) y Servidores y Exservidores públicos, del Programa de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades”, proferida por la Unidad Nacional de Protección se resolvió entre otras disposiciones, en el artículo 1°, lo siguiente: “Dar a conocer al señor GEORGE ZABALETA TIQUE identificado con cédula de ciudadanía número 79428552, la validación de riesgo como EXTRAORDINARIO, emitida por el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (Cerrem), de Servidores y Exservidores Públicos”.
Que en el artículo 2.2.5.4.2 del Decreto 1083 de 2015, se establece que, se produce traslado o permuta dentro de una misma entidad entre empleados que desempeñen cargos con funciones afines o complementarias y que tengan la misma categoría y requisitos mínimos similares.
Que la Superintendencia de Notariado y Registro estableció el procedimiento y fijó los criterios para el otorgamiento de traslados solicitados por los Registradores de Instrumentos Públicos, a través de la Resolución número 5132 del 11 de mayo de 2015, y en su artículo tercero dispuso que, la solicitud de traslado será procedente en el caso de los registradores principales o seccionales que se encuentren en carrera registral, y el empleo se encuentre en vacancia definitiva, de conformidad con lo preceptuado en el artículo cuarto de la citada resolución.
Que mediante Sentencia de fecha 20 de septiembre de 2018 el Honorable Consejo de Estado anuló el artículo 5° de la Resolución 5132 del 11 de mayo de 2015, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro cuyo tenor literal es el siguiente: “Artículo 5°. Procedencia de la solicitud. No procederá la solicitud de traslado cuando en la Oficina de Registro solicitada, exista Registrador de Instrumentos Públicos en provisionalidad o interinidad”.
Que según certificación expedida por la Directora de Talento Humano de la Superintendencia de Notariado y Registro del 28 de noviembre de 2022: “(…) La solicitud de traslado presentada por el señor George Zabaleta Tique, identificado con la cédula de ciudadanía número 79428552 de Bogotá, D. C., Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Villavicencio, Meta, cumple con los requisitos establecidos en la Resolución 5132 del 11 de mayo de 2015, toda vez que el mismo pertenece a la carrera registral desde el 26 de febrero de 2014”.
Que la Directora de Talento Humano de la Superintendente de Notariado y Registro, mediante oficio de fecha 7 de febrero de 2023, indica que: “En consideración a lo anterior y en virtud de la Sentencia C-096 de 2007 de la Corte Constitucional, se CERTIFICA y considera que las condiciones subjetivas no se verán afectadas al efectuarse el traslado al cargo de Registrador Principal del Círculo Registral de Medellín-Zona Norte, código 0191 grado 20, y que el traslado se realizará en función de la solicitud realizada por el doctor George Zabaleta Tique.”.
Que en la mencionada certificación también se indica que “acorde con lo establecido en los artículos 76 y 77 de la Ley 1579 de 2012, los mencionados funcionarios cumplen con los requisitos establecidos para el desempeño del cargo de Registrador Principal Código 0191 grado 20, de la planta global de personal, quedando claro además que al tener la planta dicha connotación, de global, y que los funcionarios no pertenecen a un área determinada, estos pueden ser reubicados en cualquier momento (…)” y “que el traslado que se pretende realizar no afectara las condiciones laborales que ostentan en la actualidad los Registradores de Instrumentos Públicos(…).”.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Traslado. Trasladar al señor George Zabaleta Tique, identificado con la cédula de ciudadanía número 79428552 de Bogotá D. C., del cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Villavicencio, Meta, código 0191, grado 20, al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Medellín Zona Norte, código 0191, grado 20.
Artículo 2°. Traslado. Trasladar al señor Óscar Iván Hernández Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 71630601 de Medellín, del cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Medellín Zona Norte, código 0191, grado 20, al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Villavicencio, Meta, código 0191, grado 20, en provisionalidad.
Artículo 3°. Comunicación. La Superintendencia de Notariado y Registro, a través de la Dirección de Talento Humano, comunicará el presente decreto a los señores George Zabaleta Tique, identificado con la cédula de ciudadanía número 79428552 de Bogotá, D. C. y Óscar Iván Hernández Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 71630601 de Medellín.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de abril de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Néstor Iván Osuna Patiño.