DECRETO 619 DE 2020
(mayo 1°)
D.O. 51.302, mayo 2 de 2020
por el cual se designan unos miembros de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID 19.
Nota 1: Derogado parcialmente por el Decreto 1062 de 2021.
Nota 2: Modificado por el Decreto 634 de 2020.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 5º del Decreto Legislativo 559 del 15 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por el término de treinta (30) días calendario, con fundamento en lo previsto en el artículo 215 de la Constitución Política, el cual procede cuando sobrevengan hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública.
Que en desarrollo de lo previsto en el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, se expidió el Decreto Legislativo 559 del 15 de abril de 2020, por el cual se crea en el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID 19-y se establecieron las reglas para su administración.
Que el artículo 5° del precitado Decreto crea una Junta Administradora específica para la ejecución de los procesos relacionados con la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID 19.
Que el parágrafo 2° del mismo artículo determina que la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID 19, estará conformada por: (i) el Gerente de la de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID 19, quién la presidirá y, (ii) seis (6) representantes designados por el Presidente de la República cuya participación será ad honórem.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificado en lo pertinente por el Decreto 634 de 2020, artículo 1º. Designación: Designar como miembros de la Junta Administradora de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID 19, a las siguientes personas:
1. Flavia del Carmen Santoro Trujillo con cédula de ciudadanía número 32700690.
2. Beatriz Londoño Soto con cédula de ciudadanía número 42870767.
3. Carlos Raúl Yepes Jiménez con cédula de ciudadanía número 70560961.
4. Numeral derogado por el Decreto 1062 de 2021, artículo 2º. Jesús Saúl Pineda Hoyos con cédula de ciudadanía número 19374385.
5. José Andrés O’meara Riveira con cédula de ciudadanía número 79959686.
Artículo 2°. Vigencia: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° de mayo de 2020
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Diego Andrés Molano Aponte.