DECRETO 607 DE 2023
(abril 25)
D.O. 52.376, abril 25 de 2023
por el cual se designa Ministro de Justicia y del Derecho Ad-hoc.
Nota: Derogado por el Decreto 745 de 2023, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por el señor Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Néstor Iván Osuna Patiño para deliberar y votar las decisiones que adopte el Consejo Superior de Carrera Notarial en torno a la financiación del concurso público y abierto de méritos para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial, particularmente, lo relativo a su financiación con los recursos que integran el Fondo Cuenta Especial del Notariado.
Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el Ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los Ministros del despacho.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Nombrar como Ministro de Justicia y del Derecho Ad-hoc al Ministro del Interior, doctor Alfonso Prada Gil para deliberar y votar las decisiones que adopte el Consejo Superior de Carrera Notarial en torno a la financiación del concurso público y abierto de méritos para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial, Particularmente, lo relativo a su financiación con los recursos que integran el Fondo Cuenta Especial del Notariado.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de abril de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.