DECRETO 582 DE 2022
(abril 21)
D.O. 52.012, abril 21 de 2022
por el cual se concede la Orden del Mérito Industrial, en la jerarquía Gran Oficial, a la Asociación de Bananeros de Colombia (Augura).
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Sección 2 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1074 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de Bananeros de Colombia, en adelante Augura, es una entidad sin ánimo de lucro fundada por un grupo de agricultores en 1963, ante la necesidad de contar con una entidad que representara y defendiera el desarrollo del sector bananero colombiano; desde hace 58 años agrupa al 75% de los productores y comercializadores internacionales, que representan 52.272 hectáreas cultivadas en el país de banano tipo exportación.
Que Augura tiene como objeto fomentar el desarrollo y la ayuda mutua entre afiliados, así como el mejoramiento social y económico de las regiones productoras (alrededor de 204 municipios ubicados en 22 Departamentos), en las cuales se generan aproximadamente 293.648 empleos directos e indirectos asociados al cultivo del banano.
Que en 1985, Augura creó el Centro de Investigaciones del Banano, Cenibanano, con el objetivo de apoyar técnicamente a los productores bananeros, el cual cuenta con un laboratorio certificado para el desarrollo de todas sus investigaciones. Desde el año 2005, posee un Campo Experimental y Demostrativo, denominado Ramiro Jaramillo Sossa, el cual consta de un lote de 36 hectáreas, ubicado en Tulenapa (Carepa, Antioquia), concedidas en Comodato por el ICA dedicado a la investigación directa en temas que contribuyan a mejorar la productividad del sector.
Que Augura trabaja para que las exportaciones de banano se consoliden en los mercados internacionales, como resultado de procesos de producción sostenible que garanticen conservación del recurso humano y natural, promoviendo en sus agremiados la implementación de política de sostenibilidad ambiental cuya apuesta está en mitigar el impacto ambiental, además promueven una justa distribución de ingreso y el bienestar social de los trabajadores de la industria y los habitantes de las zonas bananeras colombianas, visibilizando en las regiones productoras de Colombia, el aporte social, cultural, económico y ambiental.
Que Augura ha recibido diversos reconocimientos, entre los que se destaca el premio Emprender Paz recibido en el año 2009, en la categoría de “Desarrollo comunitario, experiencias significativas concernientes a la ejecución de programas por parte de empresas”, con el que logró impactar a cerca de 1.000 familias productoras de banano y plátano en las regiones de Urabá, Magdalena y el Choco, en comunidades afectadas por el conflicto armado.
Que Augura ha ejecutado diferentes proyectos a nivel nacional e internacional, implementando buenas prácticas agrícolas y sostenibilidad ambiental que garantizan la protección no solo de la agroindustria bananera sino la estabilidad económica y laboral de los colaboradores, así mismo fomenta proyectos de alto impacto social.
Que durante 59 años, Augura ha prestado sus servicios eminentes en promover el fortalecimiento del sector para mejorar la productividad a través del desarrollo sostenible, la investigación y transferencia de tecnología, así como el mejoramiento social y económico de las regiones productoras y representar la agroindustria bananera colombiana ante los organismos oficiales, entidades nacionales e internacionales.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgamiento de la Orden al Mérito Industrial. Concédase la Orden del Mérito Industrial en la jerarquía Gran Oficial, a la Asociación de Bananeros de-Colombia (Augura), identificada con NIT 890900746-7, en reconocimiento a los actos notables en el fomento de la industria nacional y prestación de servicios eminentes en su desarrollo.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de abril de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,
María Ximena Lombana Villalba.