DECRETO 573 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO  573 DE 2023    

(abril 14)    

D.O. 52.365, abril 14 de 2023    

por el cual se efectúa un ascenso  en la planta interna y se retira del servicio del Ministerio de Relaciones  Exteriores a una funcionaria.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial  las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y los artículos 60, literal b) del 61 y 62 del Decreto Ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000, establece que, en virtud del principio de Especialidad, podrá  designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no  pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia,  no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para  proveer dichos cargos. Igualmente, en desarrollo del mismo principio, estos  funcionarios podrán ser removidos en cualquier tiempo.    

Que, mediante Decreto  1849 del 11 de octubre de 2019, se designó en provisionalidad en un cargo  de Carrera Diplomática y Consular de la planta global del Ministerio de Relaciones  Exteriores a Julia Isabel Escallón Salgar, identificada con cédula de  ciudadanía número 41760093, para desempeñar el cargo de Ministro Consejero,  código 1014, grado 13, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de  la República del Ecuador.    

Que Julia Isabel Escallón  Salgar tomó posesión del cargo el 5 de noviembre de 2019, según acta de  posesión de la misma fecha.    

Que, mediante Resolución 2354  del 27 de marzo de 2023, Ángela María Estrada Jiménez, identificada con cédula  de ciudadanía número 40189323, fue ascendida dentro del escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular a la categoría de Ministro Consejero.    

Que, en virtud del principio de  Especialidad, Ángela María Estrada Jiménez, tiene el derecho preferencial de  ocupar el cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta  global del Ministerio de Relaciones Exteriores, por ser funcionario inscrito en  la Carrera Diplomática y Consular.    

Que el cargo de Ministro  Consejero, código 1014, grado 13, corresponde a la planta global del Ministerio  por lo que no tiene identificadas ubicaciones; así, los empleos son  distribuidos de acuerdo con los perfiles requeridos y las necesidades del  servicio.    

Por este motivo, se hace  necesario ascender al cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, a  Ángela María Estrada Jiménez; y, de acuerdo con el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000, en concordancia con el numeral 13 del artículo 2.2.11.1.1 del Decreto 1083 de 2015,  retirar del servicio a Julia Isabel Escallón Salgar, funcionario designado en  provisionalidad.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Retiro del  servicio. Retirar del servicio a Julia Isabel Escallón Salgar, identificada con  cédula de ciudadanía número 41760093, quien ocupa el cargo de Ministro  Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de  la República del Ecuador, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del  presente decreto.    

Parágrafo 1°. Dejación del  cargo. Julia Isabel Escallón Salgar contará con el término de dos (2) meses,  una vez comunicado el presente decreto, para hacer dejación del cargo y  regresar al país.    

Parágrafo 2°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente artículo se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 2°. Ascenso en el  cargo. Ascender dentro de la planta interna a Ángela María Estrada Jiménez,  identificada con cédula de ciudadanía número 40189323, al cargo de Ministro  Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

Artículo 3°. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de  abril de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Álvaro Leyva Durán.    

               

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