DECRETO 56 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 056 DE 2020     

(enero 20)    

D.O. 51.203, enero 21 de 2020    

por el cual se  prorroga el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  que le confiere el artículo 41 de la Ley 1978 de 2019 y,    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el artículo 39 de la Ley 1978  del 25 de julio de 2019, “Por la cual se moderniza el sector de las  Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen  competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones”, el  legislador ordenó la supresión y liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión,  creada por la Ley 1507 de 2012. Con  tal disposición inició el proceso de liquidación de la citada entidad, según lo  establecido por el artículo 2° del Decreto ley 254 de  2000, “Por el cual se expide el régimen para la liquidación de las  entidades públicas del orden nacional”;    

Que mediante el Decreto 1381 de 2019,  el Gobierno nacional designó a la Fiduciaria La Previsora S. A. como liquidador  de la Autoridad Nacional de Televisión;    

Que, de acuerdo con las disposiciones del  artículo 41 de la Ley 1978 de 2019, el  proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión debe concluir en  un plazo de seis (6) meses contados a partir de su entrada en liquidación. No  obstante, el mismo precepto atribuye al Gobierno nacional la facultad de  prorrogar dicho plazo mediante acto  administrativo debidamente motivado, cuando las circunstancias así lo  requieran, sin que la prórroga exceda en total de seis (6) meses;    

Que mediante oficio radicado en el  Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con el número  191062561 de fecha 13 de diciembre de 2019, la Fiduciaria La Previsora S. A.  manifestó y justificó la necesidad prorrogar el proceso de liquidación de la  Autoridad Nacional de Televisión por el término de cuatro (4) meses, con el  objeto de culminar las siguientes actividades:    

a) Avalúo, adopción de inventarios  valorados, notificación y posterior venta de los bienes que integran la masa  del proceso de liquidación;    

b) Organización y transferencia del fondo  documental y del archivo de la entidad;    

c) Disposición final de bienes decomisados;    

d) Atención de asuntos laborales de  funcionarios retirados;    

e) Pago de acreencias.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Prórroga del proceso de liquidación. Prorrogar el proceso de  liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión en Liquidación, por el  término de cuatro (4) meses, contados a partir del 25 de enero de 2020.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de enero de  2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

La Ministra de Tecnologías de la Información  y las Comunicaciones,    

Sylvia Constaín.    

               

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