DECRETO 547 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 547 DE 2020    

(abril 14)    

D.O. 51.286, abril 15 de 2020    

Por el cual  se designa ministro de Cultura Ad hoc    

EL PRESIDENTE  DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,    

en ejercicio  de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el  numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923 y,    

CONSIDERANDO    

Que el Consejo de Ministros,  en sesión virtual del 14 de abril de 2020 desde las 3:00 p.m. a las 6:30 p.m., con  fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el  artículo 8 de la Ley 63 de 1923 “Por la cual se organiza el consejo de ministros”, aceptó el impedimento  manifestado por la señora ministra de Cultura para firmar el Proyecto de Decreto  Legislativo “por el cual se adoptan medidas sobre la prestación del servicio  público de transporte y su infraestructura, dentro del Estado de Emergencia, Económica,  Social y Ecológica”.    

Que el artículo 8 de  la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado o cuyo impedimento fuese  aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el presidente de  la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros  del despacho.    

Que el presidente de  la República con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada  consagrado en el artículo 8 de la Ley 63 de 1923, determinó nombrar como ministro de Cultura ad hoc al ministro de  Vivienda, Ciudad y Territorio, doctor Jonathan Tybalt  Malagón González.    

DECRETA:    

Artículo 1. Nombrar como ministro de Cultura ad hoc al ministro de  Vivienda, Ciudad y Territorio, doctor Jonathan Tybalt  Malagón González, para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo “por el cual  se adoptan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura,  dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica”.    

Artículo 2. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE    

Dado en Bogotá D.C., a los 14 de  abril de 2020    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

               

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