DECRETO 540 DE 2023
(abril 13)
D.O. 52.364, abril 13 de 2023
por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Barichara, departamento de Santander.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular, las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escrito sin fecha, dirigido a la Procuraduría Regional de Santander, el señor Alfonso Rodríguez Patiño, Alcalde del municipio de Barichara, departamento de Santander, manifestó su impedimento para fungir como representante legal de ese ente territorial dentro del proceso con pretensiones de nulidad simple que cursa en el Juzgado Segundo Administrativo de San Gil bajo Radicación 2020-223, cuyos accionantes son los señores Alberto Rivera y Diana Fabiola Millán, invocando el artículo 40 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto una de las demandadas es la señora Teresa Patiño Becerra, con quien tiene parentesco en tercer grado de consanguinidad;
Que a través de auto de 18 de marzo de 2021, proferido dentro del proceso con Radicación IUS-E-2020-667022 IUC-D-2020-1688580, la Procuradora Regional de Santander aceptó el impedimento manifestado por el señor Alfonso Rodríguez Patiño, Alcalde del municipio de Barichara, Santander, para “otorgar poder para actuar en representación del municipio de Barichara ante el Juzgado Segundo Administrativo de San Gil bajo el Radicado 2020-223 en la acción de simple nulidad accionantes Alberto Rivera y Diana Fabiola Millán” encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, ordenó la remisión al Ministerio del Interior para lo de su competencia;
Que por Decreto 1613 del 30 de noviembre de 2021 se designó como “alcalde ad hoc del municipio de Barichara departamento de Santander”, al doctor César Augusto García Durán, identificado con la cédula de ciudadanía número 91287947, quien se desempeñaba en el cargo de Director Código 009, Grado 01, ubicado en la Dirección de Gestión del Riesgo de la planta de empleos del despacho del Gobernador de Santander, para actuar en representación del municipio de Barichara dentro del proceso judicial de simple nulidad que cursa ante el Juzgado Segundo Administrativo de San Gil bajo el Radicado 2020-223, cuyos accionantes son los señores Alberto Rivera y Diana Fabiola Millán”;
Que, por medio de comunicación del 9 de noviembre de 2022, el señor César Augusto García Durán, renunció a su designación como alcalde ad hoc del municipio de Barichara, departamento de Santander, toda vez que ya no ostentaba el cargo de Director Código 009, Grado 01, ubicado en la Dirección de Gestión del Riesgo de la planta de empleos del despacho del gobernador del departamento de Santander; cargo en virtud del cual había sido designado como mandatario ad hoc;
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que”… Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio …”, por medio de oficio del 23 de febrero de 2023 , radicado en el Ministerio del Interior con el número 2023-1-001303-014960 Id: 90833 del 2 de marzo del mismo año, el doctor Mauricio Aguilar Hurtado, Gobernador del departamento de Santander, remitió la hoja de vida del señor Fabián Andrés Vargas Porras, funcionario vinculado al mismo ente territorial, quien actualizó y complementó sus documentos por medio del Radicado 2023-1-001303-022664 Id Control: 105426 del 28 de marzo de 2023, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de Barichara, Santander;
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a aceptar la renuncia presentada por el señor César Augusto García Durán, Alcalde ad hoc de Barichara, Santander, designado mediante Decreto 1613 del 30 de noviembre de 2021 y se procederá a designar un alcalde ad hoc para el mismo ente territorial;
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hocen los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, bajo el radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203);
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de la renuncia del señor César Augusto García Durán, Alcalde ad hoc de Barichara. Aceptar, a partir de la fecha de expedición del presente acto administrativo, la renuncia presentada el día 9 de noviembre de 2022 por el señor César Augusto García Durán, identificado con la cédula de ciudadanía número 91287947, a su condición de alcalde ad hoc de Barichara, Santander, cargo para el cual había sido designado mediante Decreto 1613 del 30 de noviembre de 2021.
Artículo 2°. Designación de Alcalde ad hoc de Barichara. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Barichara, departamento de Santander, al señor Fabián Andrés Vargas Porras, identificado con la cédula de ciudadanía número 1098613451, quien se desempeña como Jefe Oficina código 006 grado 02, ubicado en la Oficina para la Gestión del Riesgo de Desastres de la planta de empleos del despacho del Gobernador de Santander, para otorgar poder a un abogado para actuar en representación del municipio de Barichara, Santander, dentro del proceso judicial de simple nulidad que cursa ante el Juzgado Segundo Administrativo de San Gil, bajo el radicado 2020-223, cuyos accionantes son los señores Alberto Rivera y Diana Fabiola Millán, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 3°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 4°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de Barichara, a la Gobernación de Santander, a la Procuraduría Regional de Santander y al Juzgado Segundo Administrativo de San Gil.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de abril de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro del Interior,
Hernando Alfonso Prada Gil.