DECRETO 054 DE 2021
(enero 19)
D.O. 51.562, enero 19 de 2021
por el cual se hace un traslado a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Qu el literal c) del artículo 37 del Decreto Ley 274 de 2000, señala que, la frecuencia de los lapsos de alternación se contabilizará desde la fecha en que el funcionario se posesione o asuma funciones en el exterior, o se posesione del cargo en planta interna, según el caso.
Que el parágrafo 2° del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, indica que, cuando para aplicar la alternación se designare el funcionario en un cargo correspondiente a la categoría en la cual estuviere escalafonado o su equivalente en planta interna, se realizará un traslado. En los demás casos la designación tendrá lugar mediante comisión para situaciones especiales.
Que el artículo 40 del Decreto Ley 274 de 2000, señala que, constituyen excepciones a la frecuencia de los lapsos de alternación contenidos en los literales a) y b) del artículo 37 de este Estatuto, además de las previstas en el literal d) del mismo artículo 37 y en el artículo 91 de este Decreto, todas aquellas circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditadas, que sean calificadas como tales por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular; igualmente, en el caso del lapso de alternación previsto en el literal b) de dicho artículo 37, también constituirán excepciones aquellas circunstancias de especial naturaleza calificadas como tales por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que en Acta 854 del 3 de diciembre de 2020, la Comisión de Personal de Carrera Diplomática y Consular, en atención a la propuesta presentada por la Secretaría General y la Dirección de Talento Humano respecto a la movilidad de los cargos de los funcionarios escalafonados dentro de la Carrera Diplomática y Consular, y en virtud de la facultad que le atribuye el literal i) del artículo 73, relativa a “i) Contribuir, con sus sugerencias y recomendaciones, al desarrollo del fin social que legitima la misión y las atribuciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, para una prestación cada vez más eficiente del Servicio Exterior de la República”, decidió:
“Una vez realizada la presentación del tema por parte de la Dirección de Talento Humano y de la Secretaria General sobre las necesidades de servicio y las solicitudes directas de los Embajadores de las tres primaras misiones diplomáticas presentadas (Corea, Washington y Naciones Unidas – Nueva York), la Comisión considera oportuno hacer uso de la comisión para situaciones especiales para el traslado antes de cumplir tiempo de alternación de los funcionarios solicitados, haciendo un especial reconocimiento de manera general a los miembros de la carrera diplomática y consular, ya que son los mismos embajadores quienes solicitaron directamente a los funcionarios, lo que reafirma que los miembros de la carrera diplomática y consular, son funcionarios altamente capacitados.
En virtud de lo anterior, y en voto unánime, la Comisión de Personal aprueba la propuesta presentada.”.
Que mediante Decreto 1971 del 30 de noviembre de 2017, fue trasladada a la planta interna la señora Diana Catalina Dávila Suárez, identificada con cédula de ciudadanía número 52835539, en el cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2112, Grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, del cual tomó posesión el 15 de mayo de 2018.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Traslado. Trasládase a la planta externa a la señora Diana Catalina Dávila Suárez, identificada con cédula de ciudadanía número 52835539, al cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2112, Grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Parágrafo 1°. La señora Diana Catalina Dávila Suárez, es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Primer Secretario.
Parágrafo 2°. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1° del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19.
Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de enero de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Claudia Blum de Barberi.