DECRETO 053 DE 2021
(enero 19)
D.O. 51.562, enero 19 de 2021
por el cual se designan los representantes del Gobierno nacional ante la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI).
Nota: Derogado por el Decreto 706 de 2021, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y, en especial de las conferidas por el artículo 8° de la Ley 418 de 1997, en concordancia con el artículo 2° del Decreto 1995 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1995 del 7 de diciembre de 2016 se creó la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), como la instancia conjunta entre el Gobierno nacional y las FARC-EP en proceso de reincorporación a la vida legal, encargada del seguimiento, impulso y verificación conjunta de la implementación del “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”.
Que el artículo 2° del Decreto 1995 de 2016, modificado por el Decreto 1417 de 2018, establece que la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), estará integrada por tres representantes del Gobierno nacional.
DECRETA:
Artículo 1°. Designación de los representantes del Gobierno nacional. Designar como representantes del Gobierno nacional ante la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la implementación del Acuerdo Final (CSIVI), a los doctores:
l. DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 80136152, en su condición de Ministro del Interior,
2. MIGUEL ANTONIO CEBALLOS ARÉVALO, identificado con la cédula de ciudadanía número 79408689, en su calidad de Alto Comisionado para la Paz del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y
3. EMILIO JOSÉ ARCHILA PEÑALOSA, identificado con la cédula de ciudadanía número 79316786, Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 451 de 2020.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de enero de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Diego Andrés Molano Aponte.