DECRETO 529 DE 2021
(mayo 21)
D.O. 51.681, mayo 21 de 2021
por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Ráquira, departamento de Boyacá.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el señor José Hernán Sierra Buitrago, alcalde municipal de Ráquira – Boyacá, mediante oficio del 22 de octubre de 2020, radicado en la Procuraduría General de la Nación el 23 de octubre de la misma anualidad, con el número E-2020-555162, se declaró impedido para actuar dentro de las diligencias judiciales con radicados números 15001333300920180012800 y 15001333300720180009900, dentro del medio de control de Repetición, siendo demandante el municipio de Ráquira y demandado el señor José Hernán Sierra Buitrago, identificado con cédula de ciudadanía número 4.223.147, alcalde actual del citado ente territorial.
Que mediante Auto número 1711 del 6 de noviembre 2020, proferido por el Procurador Regional de Boyacá, dentro del radicado número E-2020-555162, aceptó el impedimento manifestado por el señor José Hernán Sierra Buitrago, alcalde municipal de Ráquira – Boyacá, y ordenó remitir copia de la decisión a la Presidencia de la República para que se designe alcalde ad hoc del citado ente territorial, “para que conozca de las diligencias judiciales con radicado número 15001333300920180012800 y 15001333300720180009900, medio de control de REPETICIÓN, siendo demandante el municipio de Ráquira – Boyacá y demandado JOSE HERNÁN SIERRA BUITRAGO”.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, la gobernación del departamento de Boyacá, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo las PRQSD-018891 del 18 de mayo de 2020, remitió la hoja de vida del doctor Carlos Andrés Aranda Camacho, funcionario vinculado a la gobernación de Boyacá, para ser designado como alcalde ad-hoc para el municipio de Ráquira – Boyacá.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de Ráquira – Boyacá.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hocen los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03- 06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de Ráquira. Designar como alcalde adhoc del municipio de Ráquira, departamento de Boyacá, al doctor Carlos Andrés Aranda Camacho, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.057.515.000 quien se desempeñá en el cargo de Director Administrativo, código 009 grado 10, asignado a la Unidad Administrativa Especial de Asesoría y Defensa Jurídica del Departamento, para “conocer de las diligencias judiciales con radicado número 15001333300920180012800 y 15001333300720180009900, medio de control de REPETICIÓN, siendo demandante el municipio de Ráquira – Boyacá y demandado JOSE HERNÁN SIERRA BUITRAGO”.
Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, por intermedio del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de Ráquira, a la gobernación de Boyacá, a la Procuraduría Regional de Boyacá, al Juzgado Noveno Administrativo Oral de Tunja.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de mayo de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.