DECRETO 521 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 521 DE 2021     

(mayo 14)    

D.O. 51.674, mayo 14 de 2021    

por el cual se hacen unas  designaciones ante la Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha contra la  Corrupción.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el artículo 67 de la Ley 1474 de 2011, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 66 de la Ley 1474 de 2011 crea  y establece la conformación de la Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha  contra la Corrupción, la cual estará integrada por: i) Un representante de los  Gremios Económicos; ii) un representante de las  Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la lucha contra la corrupción; iii) Un representante de las Universidades; iv) Un representante de los Medios de Comunicación; v) Un  representante de las Veedurías Ciudadanas; vi) Un representante del Consejo  Nacional de Planeación; vii) Un representante de las  Organizaciones Sindicales, y viii) Un representante  de CONFERILEC (Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y  Culto).    

Que el artículo 67 de la misma  normatividad estableció que la designación de los comisionados ciudadanos de la  Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción corresponde al  Presidente de la República, de ternas enviadas por cada sector. El desempeño  del cargo será por períodos fijos de cuatro (4) años y ejercerán sus funciones  ad honórem.    

Que mediante el Decreto  1887 del 23 de. noviembre de 2016, se designaron como comisionados  ciudadanos de la Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha contra la  Corrupción, entre otros, a los representantes de los sectores de Medios de Comunicación,  Organizaciones Sindicales, Consejo Nacional de Planeación y Gremios Económicos,  para un periodo fijo de 4 años, que finalizó el 22 de noviembre de 2020, por lo  cual resulta necesaria la designación de unos nuevos miembros de la Comisión  Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción, con base en las ternas  presentadas por cada sector, de acuerdo a lo previsto en el Decreto 958 de 2016.    

Que la Mesa Directiva del  Consejo Nacional de Planeación por parte del sector del Consejo Nacional de Planeación;  la Mesa Directiva del Consejo Gremial Nacional por parte del sector de Gremios  Económicos; la Mesa Directiva de la Asociación Nacional de Medios de  Comunicación (Asomedios) por parte del sector de los  Medios de Comunicación y; la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la  Confederación General del Trabajo (CGT), y la Confederación de Trabajadores de  Colombia (CTC), estas últimas quienes postularon, cada una, un candidato para  el sector de Organizaciones Sindicales; adelantaron los procesos de convocatorias  para la conformación de las respectivas ternas para los sectores mencionados,  de conformidad con lo establecido en el Decreto  958 del 15 de junio de 2016, por el cual se reglamentó el artículo 67 de la  Ley 1474 de 2011,  regulando el proceso de convocatoria para la conformación de las ternas de los  aspirantes a comisionados de la Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha  contra la Corrupción.    

Que surtido el proceso  establecido en el Decreto 958 de 2016,  la Mesa Directiva del Consejo Nacional de Planeación; la Mesa Directiva del  Consejo Gremial Nacional; la Mesa Directiva de la Asociación Nacional de Medios  de Comunicación (Asomedios); la Central Unitaria de  Trabajadores (CUT), la Confederación General del Trabajo (CGT) y la  Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC); remitieron a la Presidencia de  la República las respectivas postulaciones, por lo que se considera procedente  designar a los nuevos comisionados ciudadanos ante la Comisión Nacional  Ciudadana para la Lucha contra la Corrupción, correspondientes a los sectores  de los Medios de Comunicación, las Organizaciones sindicales, el Consejo  Nacional de Planeación y los Gremios Económicos.    

En virtud de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación de  nuevos comisionados ciudadanos. Designar como comisionados ciudadanos de la  Comisión Nacional Ciudadana para Lucha contra la Corrupción, de acuerdo con las  ternas enviadas por cada sector, por un periodo fijo de cuatro (4) años y para  ejercer sus funciones ad honorem, a:    

a) Camilo Humberto Llinás  Angulo, identificado con cédula de ciudadanía 17.198.580 como representante del  Sector del Consejo Nacional de Planeación.    

b) Adriana Bernal Salgado,  identificada con cédula de ciudadanía 39.778.771 como representante del Sector  de Medios de Comunicación.    

c) Myriam Luz Triana Alvis,  identificada con cédula de ciudadanía 41.634.336 como representante del Sector  de Organizaciones Sindicales.    

d) Roberto Bruce Becerra,  identificado con cédula de ciudadanía 19.397.071 como representante del Sector  de Gremios Económicos.    

Artículo 2°. Comunicación. Comunicar  el contenido del presente decreto a través de la Secretaría de Transparencia de  la Presidencia de la República.    

Artículo 3°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de  mayo de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez    

El Director del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República,    

Víctor Manuel Muñoz Rodríguez.    

               

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