DECRETO 520 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 520 DE 2022    

(abril 6)    

D.O. 51.999, abril 6 de 2022    

por el cual se designa alcalde  ad hoc del municipio de San Vicente del Caguán, departamento del Caquetá.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Oficio 2022000044  dirigido a la Registradora Municipal del Estado Civil de San Vicente del  Caguán, el señor Julián Alfredo Perdomo Losada, alcalde del municipio de San  Vicente del Caguán, departamento del Caquetá, manifestó su impedimento para  “ejercer el control y vigilancia de los protocolos de bioseguridad a los  promotores de la revocatoria del mandato que cursan en el municipio”;    

Que mediante auto de 28 de  enero de 2022, proferido dentro del proceso con Radicación E-2022-041355, la  Procuradora Regional del Caquetá, aceptó el impedimento manifestado por el  señor Julián Alfredo Perdomo Losada, alcalde municipal de San Vicente del  Caguán, Caquetá, para “actuar en relación con el proceso de revocatoria del  mandato, y de manera específica, en la vigilancia y control sobre el  cumplimiento de las medidas de bioseguridad que deben guardarse por parte de  los promotores de la iniciativa”, encontrando configurada la causal de  impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…)  será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo la PQRSD-014903 de 1° de marzo de 2022, el doctor  Robinson Rincón Martínez, Jefe de la Oficina de Recursos Humanos y Bienestar  Social de la Gobernación del Caquetá, remitió, por instrucción del señor  gobernador la hoja de vida del señor Ancízar Marín  Correa, funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser designado  como alcalde ad hoc del municipio de San Vicente del Caguán, Caquetá;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar a la alcaldesa ad hoc del municipio de San Vicente del  Caguán, Caquetá;    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del Radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203);    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación  alcalde ad hoc de San Vicente del Caguán. Designar como alcalde ad hoc del  municipio de San Vicente del Caguán, Caquetá, al señor Ancízar  Marín Correa, identificado con la cédula de ciudadanía número 17669773, quien  se desempeña en el cargo de Secretario de Despacho Código 020, Grado 03,  adscrito a la Secretaría de Planeación de la Gobernación del Caquetá, para actuar  en relación con el proceso de revocatoria del mandato que cursa en contra del  señor Julián Alfredo Perdomo Losada, en su calidad de alcalde titular de ese  ente territorial y, de manera específica, en la vigilancia y control sobre el  cumplimiento de las medidas de bioseguridad que deben acatar los promotores de  la referida iniciativa ciudadana, de conformidad con lo expuesto en la parte  motiva de la presente decisión.    

Artículo 2°. Posesión. El  alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al  alcalde titular del municipio de San Vicente del Caguán, a la Gobernación de  Caquetá, a la Procuraduría Regional de Caquetá y a la Registraduría Nacional  del Estado Civil.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de  abril de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez.    

               

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