DECRETO 510 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 510 DE 2021     

(mayo 13)    

D.O. 51.673, mayo 13 de 2021    

por el cual se hace  un traslado a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo 39 del  Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que  hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el  desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Traslado. Trasládase a la planta externa al señor GERMÁN ENRIQUE HERRERA  TOLOZA, identificado con cédula de ciudadanía número 80.852.037, al cargo de Primer Secretario de  Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión Permanente de  Colombia ante la Organización de Estados Americanos (OEA), con sede en  Washington, D. C., Estados Unidos de América.    

Parágrafo 1°. El señor GERMÁN ENRIQUE  HERRERA TOLOZA es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Primer Secretario.    

Parágrafo 2°. El término para el desplazamiento previsto en  el parágrafo 1° del artículo 39 del  Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  COVID-19.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del  Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los  términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de  mayo de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Claudia Blum de Barberi.    

               

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