DECRETO 503 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 503 DE 2022    

(abril 1°)    

D.O. 51.994, abril 1º de 2022    

por el cual se confiere una  comisión a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación de  fecha 2 de marzo de 2022, el Gobierno de la República de Polonia otorgó su  beneplácito para la designación del señor Embajador Assad José Jater Peña, como Embajador Extraordinaria y  Plenipotenciario de Colombia en ese país.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Comisión. Comisiónase a la planta externa al señor Assad José Jater Peña, identificado con cédula de ciudadanía número  11383475, al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código  0036, grado 25, de la planta de Personal del Despacho de los Jefes de  Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia  ante el Gobierno de la República de Polonia.    

Parágrafo 1º. El señor Assad  José Jater Peña es funcionario inscrito en el  escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.    

Parágrafo 2º. El término para  el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto; podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  Covid-19.    

Artículo 2º. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 3º. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 1° de  abril de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Viceministro de Relaciones  Exteriores encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Francisco Javier Echeverri Lara.    

               

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