DECRETO 491 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 491 DE 2023     

(abril 4)    

D.O. 52.357, abril 4 de 2023    

por el cual se efectúa un  encargo.    

Nota: Ver Decreto 1144 de 2023.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política,  en concordancia con los artículos 2.2.5.5.41 y 2.2.5.5.43 del Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el empleo denominado  Experto Comisionado, Código 0090 de la planta de personal de la Comisión de  Regulación de Energía y Gas (CREG) se encuentra vacante;    

Que, en aras de garantizar la  continuidad del servicio, se hace necesario encargar del empleo denominado  Experto Comisionado, Código 0090 de la planta de personal de la Comisión de  Regulación de Energía y Gas (CREG), al doctor Juan Carlos Bedoya Ceballos,  identificado con cédula de ciudadanía número 18519566, quien actualmente  desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 10, de la planta de personal  del Ministerio de Minas y Energía;    

Que, en virtud de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Encargo. Encargar,  a partir de la fecha y mientras se provee la vacante, al doctor Juan Carlos  Bedoya Ceballos, identificado con cédula de ciudadanía número 18519566, quien  actualmente desempeña el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 10, de la planta  de personal del Ministerio de Minas y Energía, del empleo denominado Experto  Comisionado, Código 0090 de la planta de personal de la Comisión de Regulación  de Energía y Gas (CREG).    

Parágrafo. El funcionario  encargado continuará ejerciendo las funciones propias del empleo que desempeña  como Asesor, Código 1020, Grado 10, de la planta de personal del Ministerio de  Minas y Energía, sin perjuicio de las asignadas por el presente Decreto.    

Artículo 2°. Comunicación. La Secretaría  General del Ministerio de Minas y Energía comunicará el presente decreto a la  Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y al doctor Juan Carlos Bedoya  Ceballos.    

Artículo 3°. Vigencia. El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dada en Bogotá, a 4 de abril de  2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

La Ministra de Minas y Energía,    

Irene Vélez Torres.    

               

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