DECRETO 483 DE 2022
(abril 1°)
D.O. 51.994, abril 1º de 2022
por el cual se acepta la renuncia a la alcaldesa ad hoc del municipio de Fredonia, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913 y los artículos 2.2.5.1.1., 2.2.11.1.1 y 2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio de 30 de abril de 2021, dirigido a la Registraduría Municipal de Fredonia, el cual fue inicialmente trasladado a la Procuraduría Provincial de Amagá, a través de correo electrónico de 6 de maro de 2021 y, posteriormente, a la Procuraduría Regional de Antioquia el 8 del mismo mes y año, el señor Gustavo Guzmán Maldonado, alcalde del municipio de Fredonia, departamento de Antioquia, manifestó su impedimento para “cumplir con la función de vigilar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el manejo y control del Coronavirus Covid-19, con relación a la actividad de recolección de firmas que adelantará el comité promotor de la iniciativa de revocatoria del mandato que cursa en su contra”, de conformidad con lo advertido en un concepto emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Que mediante auto de 18 de mayo de 2021, proferido dentro del proceso con radicación E- 2021-247056 D-2021-1876425, el Procurador Regional de Antioquia aceptó el impedimento manifestado por el señor Gustavo Guzmán Maldonado, alcalde municipal de Fredonia, Antioquia, para “efectuar la función de vigilancia y control del Coronavirus Covid-19 en la actividad de recolección de apoyos adelantada por el comité promotor de la iniciativa de revocatoria de mandato, debido a que funge como alcalde a quien va dirigida la iniciativa”, encontrando configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que a través del Decreto 861 de 30 de agosto de 2021, se designó como alcaldesa ad hoc del municipio de Fredonia, Antioquia, a la señora Alejandra Quintero Lopera.
Que mediante escrito de 26 de noviembre de 2021, radicado en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-097546 de 29 del mismo mes y año, la señora Alejandra Quintero Lopera renunció irrevocablemente a su designación como alcaldesa ad hoc del municipio de Fredonia, Antioquia.
Que el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015, preceptúa que toda persona que sirva un empleo de voluntaria aceptación puede renunciarlo libremente en cualquier tiempo y, asimismo, que la competencia para aceptar renuncias corresponde al jefe del organismo o al empleado en quien este haya delegado la función nominadora.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de la renuncia. Aceptar la renuncia presentada por la señora Alejandra Quintero Lopera, identificada con cédula de ciudadanía número 1.037.620.134, como alcaldesa ad hoc del municipio de Fredonia, departamento de Antioquia.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la señora Alejandra Quintero Lopera, al alcalde titular del municipio de Fredonia, a la Gobernación de Antioquia, a la Procuraduría Regional de Antioquia y a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° de abril de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.