DECRETO 480 DE 2020
(marzo 26)
D.O. 51.268, marzo 26 de 2020
Por el cual se designa ministro de Cultura ad hoc
Nota: Epígrafe corregido por el Decreto 483 de 2020, artículo 1º
Texto inicial del epígrafe:
“Por el cual se designa ministro del Interior ad hoc”.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923 y,
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Ministros, en sesión virtual del 25 de marzo de 2020 desde las 9:00 p.m. a las 11:00 p.m., con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8 de la Ley 63 de 1923 “Por la cual se organiza el consejo de ministros”, aceptó el impedimento manifestado por la señora ministra de Cultura para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo “Por el cual se dictan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Económica”.
Que el artículo 8 de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del despacho.
Que el presidente de la República con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8 de la Ley 63 de 1923, determinó nombrar como ministro de Cultura ad hoc al ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, doctor Jonathan Tybalt Malagón González.
DECRETA:
Artículo 1. Nombrar como ministro de Cultura ad hoc al ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, doctor Jonathan Tybalt Malagón González, para firmar el Proyecto de Decreto Legislativo “Por el cual se dictan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Económica”.
Artículo 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá D C , a 26 de marzo de 2020
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ