DECRETO 479 DE 2020
(marzo 25)
D.O. 51.268, marzo 26 de 2020
Por el cual se hace un nombramiento en encargo en el Círculo Notarial de Bogotá D.C
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5 del Decreto Ley 2163 de 1970 en concordancia con las disposiciones del artículo 2.2.6.1.5.3.6 y 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015.
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 3685 del 22 de septiembre de 2008, nombró en propiedad al señor Ricardo José Cubides Terreros, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 19.175.851, como Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C.
Que la Superintendencia de Notariado y Registro mediante Resolución 7376 del 15 de octubre de 2008 confirmó el nombramiento del señor Ricardo José Cubides Terreros, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 19.175.851, como Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C.
Que el señor Ricardo José Cubides Terreros, tomó posesión del cargo como Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., mediante acta No. 1966 del 22 de octubre de 2008.
Que el 8 de marzo de 2020 falleció en la ciudad de Bogotá, el señor Ricardo José Cubides Terreros, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 19.175.851, tal como consta en el Registro Civil de Defunción con Indicativo Serial No. 9134357, inscrito en la Notaría Setenta y Una (71) del Círculo Notarial de Bogotá, el 10 de marzo de 2020.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014, el Superintendente de Notariado y Registro, mediante documento del 13 de marzo de 2020 certificó que, “…la Notaría Cuarenta y Siete del Círculo de Bogotá D. C, Notaría de Primera Categoría, se produjo la falta absoluta del notario, bajo la causal descrita en el numeral 1del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015”. “Falta absoluta del notario. Se produce falta absoluta del notario por: 1. Muerte (…)”
Que la Notaría Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., deberá ser provista en ejercicio del derecho de preferencia, de acuerdo con las disposiciones del capítulo 3 del Decreto 1069 de 2015, tal como lo indica el Superintendente de Notariado y Registro en la certificación del 13 de marzo de 2020.
Que el artículo 145 del Decreto Ley 960 de 1970 dispone que el cargo de Notario puede desempeñarse por encargo.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Ley 2163 de 1970 la designación de los notarios de primera categoría es competencia del Gobierno Nacional
Que en tanto se resuelve lo concerniente al trámite del derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970 y por estrictas necesidades del servicio público notarial procede designar un notario en Encargo en la Notaría Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá, D.C., que cumpla los requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto Ley 960 de 1970.
Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo 25 del Decreto 2723 de 2014 la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 13 de marzo de 2020 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada por el señor ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía 10.022.749 de Pereira, el citado profesional cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial, en Notarías de primera categoría”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015 la Superintendencia de Notariado y Registro, el 13 de marzo de 2020, emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar al doctor “ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía 10.022.749 de Pereira, como Notario Cuarenta y Siete de Bogotá D.C., en encargo; quien cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial”.
Que en este orden se procede a designar en encargo al doctor ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía 10.022.749 de Pereira, como Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Nombramiento en encargo. Nombrase en encargo al doctor ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía 10.022.749 de Pereira, como Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., mientras se surte el trámite pertinente al ejercicio del derecho de preferencia, contemplado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970.
Artículo 2°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante el Ministerio de Justicia y del Derecho, la documentación de Ley.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá D C , a 25 de marzo de 2020
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Justicia y del Derecho
Margarita Leonor Caballero Blanco