DECRETO 479 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 479 DE 2020    

(marzo  25)    

D.O. 51.268, marzo 26 de 2020    

Por el cual se hace un nombramiento en encargo en el Círculo Notarial de  Bogotá D.C    

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA    

En ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5 del Decreto Ley 2163  de 1970 en concordancia con las disposiciones del artículo 2.2.6.1.5.3.6 y  2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015.    

CONSIDERANDO    

Que el Gobierno Nacional mediante Decreto  3685 del 22 de septiembre de 2008, nombró en propiedad al señor Ricardo  José Cubides Terreros, quien en vida se identificaba con la cédula de  ciudadanía No. 19.175.851, como Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo  Notarial de Bogotá D.C.    

Que la Superintendencia de Notariado y  Registro mediante Resolución 7376 del 15 de octubre de 2008 confirmó el  nombramiento del señor Ricardo José Cubides Terreros, quien se identificaba con  la cédula de ciudadanía No. 19.175.851, como Notario Cuarenta y Siete (47) del  Círculo Notarial de Bogotá D.C.    

Que el señor Ricardo José Cubides Terreros,  tomó posesión del cargo como Notario Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial  de Bogotá D.C., mediante acta No. 1966 del 22 de octubre de 2008.    

Que el 8 de marzo de 2020 falleció en la  ciudad de Bogotá, el señor Ricardo José Cubides Terreros, quien se identificaba  con la cédula de ciudadanía No. 19.175.851, tal como consta en el Registro  Civil de Defunción con Indicativo Serial No. 9134357, inscrito en la Notaría  Setenta y Una (71) del Círculo Notarial de Bogotá, el 10 de marzo de 2020.    

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el  numeral 8 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014,  el Superintendente de Notariado y Registro, mediante documento del 13 de marzo  de 2020 certificó que, “…la Notaría  Cuarenta y Siete del Círculo de Bogotá D. C, Notaría de Primera Categoría, se produjo la falta absoluta del notario,  bajo la causal descrita en el numeral 1del artículo  2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015”.  “Falta absoluta del notario. Se produce falta absoluta del notario por: 1.  Muerte (…)”    

Que la Notaría  Cuarenta y Siete (47) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., deberá ser provista  en ejercicio del derecho de preferencia, de acuerdo con las disposiciones del  capítulo 3 del Decreto 1069 de 2015,  tal como lo indica el Superintendente de Notariado y Registro en la  certificación del 13 de marzo de 2020.    

Que el artículo 145 del Decreto Ley 960 de  1970 dispone que el cargo de Notario puede desempeñarse por encargo.    

Que de conformidad con lo dispuesto en el  artículo 5 del Decreto Ley 2163  de 1970 la designación de los notarios de primera categoría es competencia  del Gobierno Nacional    

Que en tanto se resuelve lo concerniente al  trámite del derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178  del Decreto Ley 960 de  1970 y por estrictas necesidades del servicio público notarial procede  designar un notario en Encargo en la Notaría Cuarenta y Siete (47) del Círculo  Notarial de Bogotá, D.C., que cumpla los requisitos legales establecidos en los  artículos 132 y 153 del Decreto Ley 960 de  1970.    

Que en cumplimiento de lo señalado en el  numeral 3 del artículo 25 del Decreto 2723 de 2014  la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y  Registro, mediante documento del 13 de marzo de 2020 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada  por el señor ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía  10.022.749 de Pereira, el citado profesional cumple con las calidades exigidas  por la ley para el ejercicio de la función notarial, en Notarías de primera  categoría”.    

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el  artículo el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015  la Superintendencia de Notariado y Registro, el 13 de marzo de 2020, emitió  concepto favorable sobre la viabilidad de designar al doctor “ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado  con la cédula de ciudadanía 10.022.749 de Pereira, como Notario Cuarenta y  Siete de Bogotá D.C., en encargo; quien cumple con las calidades exigidas por  la ley para el ejercicio de la función notarial”.    

Que en este orden se procede a designar en  encargo al doctor ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado con la cédula de  ciudadanía 10.022.749 de Pereira, como Notario Cuarenta y Siete (47) del  Círculo Notarial de Bogotá D.C.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo  1°. Nombramiento en encargo.  Nombrase en encargo al doctor ALAIN DUPORT JARAMILLO, identificado con la  cédula de ciudadanía 10.022.749 de Pereira, como Notario Cuarenta y Siete (47)  del Círculo Notarial de Bogotá D.C., mientras se surte el trámite pertinente al  ejercicio del derecho de preferencia, contemplado en el numeral 3 del artículo  178 del Decreto Ley 960 de  1970.    

Artículo 2°. Acreditación de documentos para  tomar posesión del cargo. Para tomar  posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante el Ministerio de  Justicia y del Derecho, la documentación de Ley.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase    

Dado en Bogotá D C , a 25 de marzo de 2020    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de  Justicia y del Derecho    

Margarita Leonor Caballero Blanco    

               

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