DECRETO 46 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 046 DE 2022    

(enero 17)    

D.O. 51.920, enero 17 de 2022    

por el cual se hace una  designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular  del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Nota:  Ver Decreto 1152 de 2023.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  los artículos 60, 61 y 62 del Decreto Ley 274 de  2000 y los artículos 2.2.2.7.3 y 2.2.5.1.12 del Decreto número  1083 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto  ley 274 de -2000, por el cual se  regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular,  establece que en virtud del principio de especialidad, podrán designarse en  cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella,  cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia, no sea posible  designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos  cargos.    

Que de acuerdo con la  certificación I-GCDA-22-000164 del 6 de enero de 2022, expedida por la  Directora de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, revisado  el escalafón de Carrera Diplomática y Consular y teniendo en cuenta los  literales a) y b) del artículo 37, y el artículo 53 del Decreto Ley 274 de  2000, se constata que para la categoría de Segundo Secretario de Relaciones  Exteriores, Código 2114, Grado 15, no existen funcionarios de la planta global  de la Carrera Diplomática y Consular que, a la fecha, estén ubicados en cargos  por debajo de esa categoría.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Designación.  Designar en provisionalidad a la señora Lina María Ramírez Cortés, identificada  con cédula de ciudadanía número 1136882311, en el cargo de Segundo Secretario  de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el  Gobierno de la República Argentina.    

Artículo 2º. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 3º. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores  la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de  enero de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *