DECRETO 451 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 451 DE 2021     

(abril 29)    

D.O. 51.660, abril 29 de 2021    

por el cual se acepta una  renuncia en el Servicio Exterior y se declara una cesación de funciones de un  Cónsul Honorario.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en  especial, de las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con el  numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones  internacionales.    

Que mediante el Decreto  4917 del 26 de diciembre de 2011, se nombró como Cónsul Honorario de  Colombia en Melbourne, Mancomunidad de Australia al señor Geoffrey Ronald  Widmer.    

Que mediante el memorando S/N  del 26 de marzo de 2021, el señor Geoffrey Ronald Widmer presentó renuncia al  cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Melbourne, Mancomunidad de Australia.    

Que mediante el memorando  EAUCBR 078/34 –2021 del 13 de abril de 2021, la Embajada de Colombia ante la  Mancomunidad de Australia, informó de la renuncia presentada por el señor  Geoffrey Ronald Widmer al cargo de Cónsul Honorario a partir del 31 de mayo de  2021.    

Que de acuerdo con lo  establecido en el literal a) del artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015,  los Cónsules Honorarios cesarán sus funciones por renuncia.    

Que la Dirección de Asuntos  Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente decretar  la cesación de funciones por renuncia.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptar la  renuncia presentada por el señor Geoffrey Ronald Widmer como Cónsul Honorario  de Colombia en Melbourne, Mancomunidad de Australia.    

Artículo 2°. Declarar la  cesación de funciones del señor Geoffrey Ronald Widmer como Cónsul Honorario de  Colombia en Melbourne, Mancomunidad de Australia.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá  al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en  los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de  abril de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Claudia Blum.              

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