DECRETO 450 DE 2021
(abril 29)
D.O. 51.660, abril 29 de 2021
por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.
Que como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, la Embajada de Colombia ante el Estado Plurinacional de Bolivia, ha propuesto mediante el memorando EBOP No. 157 del 21 de octubre de 2020 a la señora Julia Teresa Toledo de Soto, ciudadana colombiana.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3. del Decreto 1067 de 2015, corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.
Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante el Estado Plurinacional de Bolivia, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Santa Cruz de la Sierra, así como el nombramiento de la señora Julia Teresa Toledo de Soto, como Cónsul Honoraria.
Que mediante comunicación electrónica del 22 de octubre de 2020, la Dirección de América emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con la Nota Verbal VGIC-DGAC-UPC-Cs-244/2021 del 8 de abril de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia confirmó que se requiere del Decreto de Nombramiento y la Letra Patente para otorgar el respectivo consentimiento, de conformidad con su ordenamiento jurídico interno.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Crear el Consulado Honorario de Colombia en Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 2º. Designar a la señora Julia Teresa Toledo de Soto, como Cónsul Honoraria en Santa Cruz de la Sierra, con circunscripción en el Departamento de Santa Cruz del Estado Plurinacional de Bolivia por un período inicial de cuatro (4) años.
Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Claudia Blum.