DECRETO 433 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 433 DE 2020     

(marzo 19)    

D.O. 51.261, marzo 19 de 2020    

por el cual se da  por terminado un encargo y se hace un nombramiento.    

Nota: Ver Decreto 1801 de 2022.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en el  numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.3.1. y  2.2.5.3.4. del Decreto 1083 de 2015.    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 334 del 3 de marzo de 2020, se encargó de las funciones del empleo  de Secretario General Código 0035 Grado 23, a la doctora María Claudia Josefina  Zerda Aguirre, identificada con la cédula de  ciudadanía número 51623177 expedida en Bogotá, D. C., quien desempeña el empleo  de Asesor Código 1020 Grado 16 en la Secretaría General del Ministerio del  Trabajo.    

Que se hace necesario dar por terminado el encargo efectuado y  nombrar a la doctora Efvanni Paola Palmariny Peñaranda, identificada con cédula de ciudadanía  número 39763551 en el cargo de Secretario General Código 0035 Grado 23 del  Ministerio del Trabajo.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Terminación  de encargo. Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo de las  funciones del empleo de Secretario General, Código 0035 Grado 23, otorgado  mediante Decreto  334 del 3 de marzo de 2020 a la doctora María Claudia Josefina Zerda Aguirre, identificada con la cédula de ciudadanía  número 51623177 expedida en Bogotá, D. C., quien desempeña el empleo de Asesor  Código 1020 Grado 16 en la Secretaría General del Ministerio del Trabajo.    

Artículo 2°. Nombramiento.  Nombrar a partir de la fecha a la doctora Efvanni  Paola Palmariny Peñaranda, identificada con cédula de  ciudadanía número 39763551 en el cargo de Secretario General Código 0035 Grado  23 del Ministerio del Trabajo.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar a través de la Subdirección de Gestión del Talento Humano, de  la Secretaría General del Ministerio del Trabajo, el presente acto  administrativo.    

Artículo 4°. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de marzo de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Trabajo,    

Ángel  Custodio Cabrera Báez.    

               

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