DECRETO 431 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 431 DE 2020     

(marzo 19)    

D.O. 51.261, marzo 19 de 2020    

por el cual se  designa en interinidad a un notario en el Círculo Notarial de Mesetas, Meta.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el  artículo 5° del Decreto ley 2163  de 1970 en concordancia con las disposiciones del artículo 2° de la Ley 588 de 2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Constitución Política,  el Gobierno mediante Decreto 148 de 1994  creó la Notaría Única del Círculo Notarial de Mesetas, Meta.    

Que la Notaría Única del Círculo Notarial de Mesetas, Meta, fue  ofertada mediante Acuerdo 001 de 2015, con el cual se convocó a concurso de  méritos público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e  ingreso a la carrera notarial, con el fin de que fuera provista dentro del  mismo concurso y postulada de conformidad con el mecanismo previsto en el  Acuerdo 027 de 2016 a los elegibles que la habían inscrito, tal como lo informa  la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial en  certificación del 16 de agosto de 2019.    

Que “la Secretaría  Técnica de dicho Consejo verificó si existían más aceptaciones realizadas  frente al círculo de Mesetas, Meta, evidenciando que no se presentaron más  aceptaciones de la postulación de la Notaría Única de Mesetas, Meta, por lo que dicha notaría debe ser provista en  interinidad de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 588 de 2000…” tal  como lo indica en la certificación del 16 de agosto 2019.    

Que según lo dispuesto en el inciso primero del artículo 5° del Decreto ley 2163  de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno  nacional.    

Que la lista definitiva de elegibles aprobada mediante Acuerdo  026 de 2016 dentro del concurso de méritos para el ingreso a la carrera  notarial convocado por el Consejo Superior de la Carrera Notarial mediante  Acuerdo 001 de 2015, estuvo vigente hasta el 3 de julio de 2018.    

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 588 de 2000, en  caso de vacancia, si no hay lista vigente de elegibles, podrá el nominador  designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el  respectivo concurso.    

Que por estrictas necesidades del servicio público notarial  procede designar un notario en interinidad en la Notaría Única del Círculo  Notarial de Mesetas, Meta, que cumpla los requisitos legales establecidos en  los artículos 132 y 153 del Decreto ley 960 de  1970.    

Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo  25 del Decreto 2723 de 2014  la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y  Registro, mediante documento del 14 de febrero de 2020 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada  por la señora Sandra Patricia Galindo Olmos, identificada con la cédula de  ciudadanía 40382994 de Villavicencio, la citada profesional cumple con las  calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial, en  Notarías de primera categoría”.    

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.2.1 del  Decreto 1069 de 2015,  la Superintendencia de Notariado y Registro el 14 de febrero de 2020, emitió  concepto favorable sobre la viabilidad de designar a la doctora “Sandra Patricia Galindo Olmos, identificada  con cédula de ciudadanía 40382994 de Villavicencio, como Notaría Única del  Círculo Mesetas, Meta, en Interinidad; quien cumple con las calidades exigidas  por la ley para el ejercicio de la función notarial”.    

Que en este orden procede designar en interinidad a la doctora  Sandra Patricia Galindo Olmos, identificada con cédula de ciudadanía número  40382994 de Villavicencio, en el cargo de Notaria Única del Círculo Notarial de  Mesetas, Meta.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desígnese en interinidad a la doctora Sandra  Patricia Galindo Olmos, identificada con cédula de ciudadanía número 40382994  de Villavicencio, en el cargo de Notaria Única del Círculo Notarial de Mesetas,  Meta.    

Artículo 2°. Para posesionarse en el cargo la designada debe  aportar y acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la  documentación de ley.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de marzo de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Justicia y del Derecho,    

Margarita  Leonor Cabello Blanco.    

               

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