DECRETO 43 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 043 DE 2021     

(enero 15)    

D.O. 51.558, enero 15 de 2021    

por el cual se hace una  designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular  del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto número  1083 de 2015 y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto  ley 274 de 2000 “por el cual se regula  el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”, establece  que en virtud del principio de especialidad, podrán designarse en cargos de  Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella, cuando  por aplicación de la ley vigente sobre la materia, no sea posible designar  funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos cargos.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Designación.  Designar en provisionalidad a la señora Juanita Ibáñez Santamaría, identificada  con cédula de ciudadanía número 63561490, en el cargo de Tercer Secretario de  Relaciones Exteriores, Código 2116, Grado 11, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el  Gobierno de la República de Sudáfrica.    

Artículo 2º. Funciones  Consulares. La señora Juanita Ibáñez Santamaría ejercerá como encargada de las  Funciones Consulares, en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la  República de Sudáfrica.    

Artículo 3º. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 4º. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 5º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de  enero de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores    

Claudia Blum.    

               

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