DECRETO 414 DE 2022
(marzo 24)
D.O. 51.986, marzo 24 de 2022
por el cual se hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 1437 del 29 de marzo de 2019, fue ascendida la señora Martha Patricia Carrillo Ospina a la categoría de Ministro Consejero dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular.
Que mediante Decreto 1392 del 2 de agosto de 2019 fue trasladada a la planta interna la señora Martha Patricia Carrillo Ospina, al cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, del cual tomó posesión el 16 de enero de 2020.
Que el literal c. del artículo 37 del Decreto ley 274 de 2000 señala que, la frecuencia de los lapsos de alternación se contabilizará desde la fecha en que el funcionario se posesione o asuma funciones en el exterior, o se posesione del cargo en planta interna, según el caso. Igualmente, en el caso del lapso de alternación previsto en el literal b. ibídem, también constituirán excepciones aquellas circunstancias de especial naturaleza calificadas como tales por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que el literal b) del artículo 53 del Decreto ley 274 de 2000, indica que los funcionarios pertenecientes a la Carrera Diplomática y Consular podrán ser autorizados o designados para desempeñar Comisión para Situaciones Especiales, para desempeñar en el exterior el cargo dentro de la categoría del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular a la cual perteneciere, sin cumplir la frecuencia del lapso de alternación dentro del Territorio de la República de Colombia a la que se refiere el art. 37, literal b), de la misma norma, previo concepto favorable de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que mediante Acta 871 del 18 de febrero de 2022, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de 2000, recomienda aprobar la solicitud de la Ministro Consejero Martha Patricia Carrillo Ospina en el sentido de ser asignada en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de El Salvador.
Que en consideración de lo anteriormente expuesto, los miembros de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular, aprobaron favorablemente conceder comisión para situaciones especiales de la Ministro Consejero Martha Patricia Carrillo Ospina, para ser designada en la planta externa y atender las necesidades de personal en la señalada Misión Diplomática.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Comisión. Comisiónase a la planta externa a la señora Martha Patricia Carrillo Ospina, identificada con cédula de ciudadanía número 22468972, al cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de El Salvador.
Parágrafo 1º. La señora Martha Patricia Carrillo Ospina es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Consejero.
Parágrafo 2º. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus Covid-19.
Artículo 2º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Martha Lucía Ramírez Blanco.