DECRETO 408 DE 2020
(marzo 16)
D.O. 51.258, marzo 16 de 2020
por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto 320 de 2020 en el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República.
Nota: Derogado por el Decreto 963 de 2021, artículo 21.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas al Presidente de la República en el parágrafo transitorio del artículo 268, modificado por el artículo 2° del Acto Legislativo 04 de 2019, se expidió el decreto que equipara la asignación básica de unos empleos de la Contraloría General de la República con relación a los de la Procuraduría General de la Nación.
Que en el citado decreto se señaló que el Presidente de la República, teniendo en cuenta la equiparación ordenada, deberá actualizar la escala salarial de los empleos de la Contraloría General de la República.
Que en el presente decreto se procede a actualizar la escala salarial contenida en el artículo 1o del Decreto 320 de 2020.
Que de conformidad con las anteriores disposiciones las contralorías territoriales deben regirse por el régimen especial de carrera, el cual tiene origen constitucional, razón por la cual se excluye de la administración y vigilancia de la Comisión Nacional del Servicio Civil tal como lo señala el artículo 130 de la Constitución Política.
Que en el presente Decreto ley se ejercen las facultades extraordinarias para crear el régimen de carrera especial de origen constitucional de los servidores de las Contralorías Territoriales.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Asignaciones básicas. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 320 de 2020, el cual quedará así:
“Artículo 1°. Asignaciones básicas. Fijar las siguientes escalas de asignación básica mensual para los empleos de la Contraloría General de la República:
GRADO
DIRECTIVO
ASESOR
EJECUTIVO
PROFESIONAL
TÉCNICO
ASISTENCIAL
1
$8.897.679
$9.384.558
$7.520.207
$5.045.549
$4.603.479
$2.084.943
2
$10.836.832
$10.080.321
$8.118.423
$5.994.871
$2.309.660
3
$12.075.509
$8.736.019
$6.445.571
$3.050.414
4
$13.506.203
$6.951.129
$3.318.352
5
$3.906.083
6
$4.232.653
Parágrafo. Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige y surte efectos fiscales a partir de su publicación y modifica el artículo 1° del Decreto 320 de 2020.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de marzo de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.