DECRETO 396 DE 2021
(abril 13)
D.O. 51.644, abril 13 de 2021
por el cual se designa en interinidad a un Notario en el Círculo Notarial de Apartadó (Antioquia).
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5° del Decreto ley número 2163 de 1970, en concordancia con las disposiciones del artículo 2° de la Ley 588 de 2000 y,
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto ley 2163 de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.
Que el artículo 2.2.6.3.2.3 del Decreto número 1069 de 2015, establece que la renuncia aceptada al notario es una de las circunstancias taxativas respecto de las cuales “Se predica vacante una notaría …”.
Que la Notaría Primera (01) del Círculo Notarial de Envigado – Antioquia quedó vacante por la renuncia aceptada a su titular, el señor Luis Horacio Vélez Escobar, mediante el Decreto 1263 del 15 de septiembre de 2020.
Que en atención a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley número 960 de 1970 y del trámite previsto en los artículos 2.2.6.3.3.1, 2.2.6.3.3.2 y 2.2.6.3.3.3 del Decreto 1069 de 2015 y del procedimiento operativo establecido en el Acuerdo número 2 de 2020, la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial concluyó que, para proveer la vacante de la Notaría Primera (1) del Círculo Notarial de Envigado – Antioquia “se debe nombrar al señor Wilmar Emilio David Jaramillo, Notario Único del Círculo de Apartadó – Antioquia”, tal como consta en la certificación expedida por la Secretaria Técnica el 9 de diciembre de 2020.
Que, como resultado del trámite de derecho de preferencia, el Gobierno mediante el Decreto 070 de 2021, nombró en propiedad, al señor Wilmar Emilio David Jaramillo, identificado con la cédula de ciudadanía número 98.496.545 expedida en Bello, Notario Único en propiedad, del Círculo Notarial de Apartadó – Antioquia, en el cargo de Notario Primero (01) del Círculo Notarial de Envigado – Antioquia.
Que el nombramiento en propiedad, en virtud del ejercicio del derecho de preferencia del señor Wilmar Emilio David Jaramillo, en la Notaría Primera (01) del Círculo Notarial de Envigado – Antioquia, no configura falta absoluta ni causal de vacancia en los términos establecidos en el artículo 2.2.6.3.2.3 del Decreto número 1069 de 2015. En consecuencia, la Notaría Única del Círculo Notarial de Apartadó – Antioquia, no será provista en ejercicio del derecho de preferencia, tal como lo informó la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, en la certificación del 9 de diciembre de 2020.
Que el Gobierno, con el fin de garantizar la prestación del servicio público notarial, en la Notaría Única del Círculo Notarial de Apartadó – Antioquia, mediante el Decreto 070 de 2021 designó en interinidad, a la señora Elizabeth Zapata Mesa, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.037.579.709 de Envigado, en el cargo de Notaria Única del Círculo Notarial de Apartadó – Antioquia.
Que la señora Elizabeth Zapata Mesa, mediante comunicación del 22 de enero de 2021, radicada en el Ministerio de Justicia y del Derecho, en la misma fecha con el número MJD-EXT21-0003122, manifestó al señor Presidente de la República no aceptar la designación del cargo de Notaria Única del Círculo Notarial de Apartadó – Antioquia, en interinidad, efectuada mediante el Decreto número 070 del 21 de enero de 2021.
Que, el Gobierno en los términos del numeral 1 del artículo 138 del Decreto ley número 960 de 1970, mediante el Decreto número 097 del 27 de enero de 2021, declaró insubsistente la designación en interinidad de la señora Elizabeth Zapata Mesa, del cargo de Notaria Única del Círculo Notarial de Apartadó – Antioquia, efectuada mediante el Decreto número 070 del 21 de enero de 2021.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 588 de 2000, no existiendo lista de elegibles vigente, el nominador puede designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el respectivo concurso.
Que la lista definitiva de elegibles aprobada mediante Acuerdo número 026 de 2016 proferido en el marco del concurso de méritos público y abierto para el ingreso a la carrera notarial convocado con el Acuerdo 001 de 2015, ambos expedidos por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, estuvo vigente hasta el 3 de julio de 2018.
Que por estrictas necesidades del servicio público notarial procede designar un notario en interinidad en la Notaría Única del Círculo Notarial de Apartadó – Antioquia, que cumpla los requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto ley número 960 de 1970.
Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo 25 del Decreto número 2723 de 2014, la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 8 de marzo de 2021 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada por el señor Diego Alejandro Gaviria Vélez, identificado con la cédula de ciudadanía 71.707.907 de Medellín, se estableció que el citado profesional cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial, en Notarías de primera categoría”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto número 2874 de 1994 compilado en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto número 1069 de 2015, la Superintendencia de Notariado y Registro mediante documento del 8 de marzo de 2021 emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar al señor “Diego Alejandro Gaviria Vélez, identificado con la cédula de ciudadanía 71707907 de Medellín, como Notario Único Círculo de Apartadó – Antioquia, en Interinidad; quien cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial”.
Que, en este orden procede designar en interinidad al señor Diego Alejandro Gaviria Vélez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71707907 expedida en Medellín, en el cargo de Notario Único del Círculo Notarial de Apartadó-Antioquia.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Desígnese en interinidad al señor Diego Alejandro Gaviria Vélez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71707907 expedida en Medellín, en el cargo de Notario Único del Círculo Notarial de Apartadó-Antioquia.
Artículo 2°. Para posesionarse en el cargo, el designado debe aportar y acreditar, ante el Gobernador de Antioquia1, la documentación de ley.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de abril de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Wilson Ruiz Orejuela.
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1 Artículo 3° del Decreto número 2817 de 1974, “Los demás Notarios de primera categoría y registradores de cabecera de círculo, tomarán posesión de sus cargos ante los Gobernadores, Intendentes y Comisarios de los respectivos círculos”.