DECRETO 393 DE 2021
(abril 13)
D.O. 51.644, abril 13 de 2021
por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al señor Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, en su condición de Gobernador del Amazonas, para la época de los hechos.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular, las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Germán Eduardo Quintero Rojas, Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, mediante el OFI21-00026036 del 19 de febrero de 2021, radicado en el Ministerio del Interior con el EXTMI2021-1411 del 23 de febrero del mismo año, remitió el fallo de primera instancia con Radicación IUS E-2017-564995 IUC-D-2018-1059541 del 20 de marzo de 2020, proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, confirmado por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 5 de enero de 2021, aprobado en el acta de sala número 01, con el radicado número (161-7832) IUS E-2017-564995 / IUC-D-2018-1059541, mediante el cual se confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general por el término de once (11) años, impuesta en primera instancia el 20 de marzo de 2020, al señor Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, identificado con la cédula de ciudadanía número 6.565.585, en su condición de gobernador del departamento del Amazonas para la época de los hechos (2016-2017).
Que según constancia secretarial del 18 de febrero de 2021, expedida por la secretaria ad hoc de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, el fallo de segunda instancia fechado el 5 de enero de 2021, proferido por Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, dentro del proceso IUS E-2017-564995 //IUC-D-2018-1059541, quedó ejecutoriado a partir del 13 de enero de 2021.
Que en cumplimiento a lo ordenado por la Procuraduría General de la Nación, se hace necesario hacer efectiva la sanción disciplinaria de destitución e inhabilidad general por el término de once (11) años, impuesta al señor Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, identificado con cédula de ciudadanía número 6.565.585, en su condición de gobernador del departamento del Amazonas, para la época de los hechos (2016-2017).
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Destitución e Inhabilidad. Hacer efectiva la sanción disciplinaria de destitución e inhabilidad general por el término de once (11) años, impuesta al señor Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, identificado con cédula de ciudadanía número 6.565.585, en su condición de gobernador del departamento del Amazonas para la época de los hechos (2016-2017), en cumplimiento de la decisión proferida por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal el 20 de marzo de 2020, confirmada por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 5 de enero de 2021, aprobado en el acta de sala número 1, con el radicado número (161-7832) IUS-2017-564995, IUC-D-2018-1059541.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al señor Manuel Antonio Carebilla Cuéllar, a la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, y a la gobernación de Amazonas, a esta última para que realice las anotaciones en la hoja de vida, y envíe copia a la Dirección de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación.
Artículo 3°. Vigencia El presente decreto rige a partir de su expedición, y contra él no procede recurso alguno, conforme a lo dispuesto por el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de abril de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.