DECRETO 38 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO  038 DE 2020     

(enero 16)    

D.O.  51.198, enero 16 de 2020    

por el  cual se hace un traslado dentro de la planta externa del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

Nota:  Derogado por el Decreto 1362 de 2020,  artículo 1º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del  artículo 189 de la Constitución Política,  el parágrafo segundo del artículo 39 y el artículo 62 del Decreto Ley 274 de  2000,    

CONSIDERANDO:    

Que, el  parágrafo segundo del artículo 39 del Decreto Ley 274 de  2000, señala que cuando para aplicar la alternación se designare el  funcionario en un cargo correspondiente a la categoría en la cual estuviere  escalafonado o su equivalente en planta interna, se realizará un traslado. En  los demás casos la designación tendrá lugar mediante comisión para situaciones  especiales.    

Que, en  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Traslado. Trasládase dentro de la planta externa al señor José Camilo  Sandoval Rojas, identificado con cédula de ciudadanía número 7178142, al cargo  de Consejero de Relaciones Exteriores, Código 1012, Grado 11, de la planta  global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General  de Colombia en Guangzhou, República Popular China.    

Parágrafo.  El señor José Camilo Sandoval Rojas, es funcionario inscrito en el escalafón de  la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Consejero.    

Artículo  2°. Asignación. El señor José  Camilo Sandoval Rojas ejercerá las funciones de Cónsul en el Consulado General  de Colombia en Guangzhou, República Popular China.    

Artículo  3°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo  4°. Comunicación. Corresponderá  a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo  5°. Vigencia. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 16 de enero de 2020.    

IVÁN DUQUE  MÁRQUEZ    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

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