DECRETO 353 DE 2023
(marzo 13)
D.O. 52.335, marzo 13 de 2023
por el cual se acepta una renuncia y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercido de las facultades constitucionales y legales y en especial las que confiere el artículo 208, numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 2.2.5.1.1, 2.2,11.1.3, 2.2.5.4.7 del Decreto número 1083 de 2015, Decreto número 1688 de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Sergio Cristancho Marulanda, mediante comunicación escrita del 1° de marzo de 2023, presentó renuncia al empleo de Viceministro, Código 0020, Grado 00, con funciones en el Despacho del Viceministerio de Conocimiento, Innovación y Productividad del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación renuncia. Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el doctor Sergio Cristancho Marulanda, identificado con la cédula de ciudadanía número 79671907, al empleo de Viceministro, Código 0020, Grado 00, con funciones en el Despacho del Viceministerio de Conocimiento, Innovación y Productividad, de la planta del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Artículo 2°. Encargo. Encargar al doctor Gustavo Adolfo González Geraldino, identificado con la cédula de ciudadanía número 73433376, actual Director Técnico de la Dirección de Capacidades y Apropiación del Conocimiento de las funciones del empleo de Viceministro, Código 0020, Grado 00 del Despacho del Viceministerio de Conocimiento, Innovación y Productividad de la plana de personal del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, sin desprenderse de las funciones propias de su cargo, en tanto se nombra y posesiona el titular.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar a través de la Secretaria General del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el contenido del presente acto administrativo al doctor Sergio Cristancho Marulanda, y al doctor Gustavo Adolfo González Geraldino, en los términos que establezca la norma.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de marzo de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación,
Arturo Luis Luna Tapia