DECRETO 349 DE 2022
(marzo 10)
D.O. 51.972, marzo 10 de 2022
por el cual se designa gobernadora ad hoc para el departamento de Casanare.
El Ministro del Interior de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto número 324 de 8 de marzo de 2022, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio 100 número 0020 de 4 de febrero de 2022, el señor Salomón Andrés Sanabria Chacón, gobernador del departamento de Casanare, manifestó ante la Procuraduría Regional de Casanare, su impedimento para ejercer y hacer parte del proceso electoral, así como para ejercer funciones relacionadas con los debates electorales, ser claveros de las actas triclaves y presidir las comisiones para la coordinación y seguimiento del respectivo proceso electoral que se llevará a cabo el día 13 de marzo del presente año, con respecto al candidato al Senado de la República por el partido Centro Democrático Josué Alirio Barrera Rodríguez, por existir segundo grado de afinidad legítima, por ser hermano de su esposa Mary Cielo Barrera Rodríguez, razón por la cual invocó la causal de impedimento prevista en los numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante Auto de 9 de febrero de 2022, proferido dentro del proceso con radicación IUS-E-2022-067932, el Procurador Regional de Casanare aceptó el impedimento manifestado por el señor Salomón Andrés Sanabria Chacón, gobernador del departamento de Casanare, para actuar en lo que le corresponda en tal calidad, dentro del proceso de elecciones de congreso de la República que se llevará a cabo el 13 de marzo de 2022, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, se designara a la doctora Alejandra Carolina Botero Barco, directora de Departamento Administrativo del Departamento Nacional de Planeación, como gobernadora ad hoc del departamento de Casanare.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizando también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar gobernador ad hoc para el departamento de Casanare.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en los conceptos con radicados 11001-03-06-000 2014-00049-00 (2203) y 11001-03-06-000-2015-00181-00 (2273), del 6 de marzo de 2014 y 19 de octubre de 2015, respectivamente.
Que, en mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Designación gobernadora ad hoc del departamento de Casanare. Designar como gobernadora ad hoc del departamento de Casanare, a la doctora Alejandra Carolina Botero Barco, identificada con la cédula de ciudadanía número 52451908, quien se desempeña en el cargo de director de Departamento Administrativo Código 0010, Grado 00 del Departamento Nacional de Planeación, para actuar en lo que le corresponda en tal calidad, en el marco del proceso de elecciones de Congreso de la República que se llevará a cabo el 13 de marzo de 2022, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. La gobernadora ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 110 de la Ley 2200 de 2022.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la gobernadora ad hoc designada en este acto, al gobernador titular del departamento de Casanare, a la Gobernación de Casanare y a la Procuraduría Regional de Casanare.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de marzo de 2022.
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.