DECRETO 347 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 347 DE 2020     

(marzo 4)    

D.O. 51.246, marzo 4 de 2020    

por  el cual se hace un traslado a la planta externa del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el  numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo  39 del Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que  hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el  desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que en  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Traslado. Trasládase  a la planta externa al señor Jorge Hernán Jaramillo Carmona, identificado con  cédula de ciudadanía número 18512621, al cargo de Ministro Consejero, Código 1014,  Grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito  al Consulado de Colombia en Berlín, República Federal de Alemania.    

Parágrafo 1°. El señor Jorge  Hernán Jaramillo Carmona es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Consejero.    

Parágrafo 2°. Funciones  Consulares. El señor Jorge Hernán Jaramillo Carmona ejercerá las funciones de  Cónsul de Colombia en Berlín, República Federal de Alemania y se desempeñará  como Jefe de la Oficina Consular mencionada.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto,  se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores  y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de  marzo de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

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