DECRETO 346 DE 2022
(marzo 10)
D.O. 51.972, marzo 10 de 2022
por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Santa Catalina, departamento de Bolívar.
El Ministro del Interior de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto número 324 de 8 de marzo de 2022, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escrito de 22 de noviembre de 2021, dirigido a la Registraduría Municipal de Santa Catalina, Bolívar, que a su vez fue trasladado a los delegados departamentales a través del oficio 112-D9K de la misma fecha y, posteriormente a la Procuraduría Regional de Bolívar por correo electrónico en esa misma fecha, el señor Manuel Polo Simanca, alcalde del municipio de Santa Catalina, departamento de Bolívar, manifiesto su impedimento para ejercer las funciones que le correspondan dentro del proceso de recolección de firmas en el marco de la revocatoria de mandato que cursa en su contra, invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1° del artículo 11 de la Ley 1437.
Que mediante auto de 25 de noviembre de 2021, proferido dentro del proceso con radicación S/N 22 de noviembre de 2021, la Procuradora Regional de Bolívar, aceptó el impedimento manifestado por el señor Manuel Polo Simanca, alcalde municipal de Santa Catalina, Bolívar, para ejercer las funciones de “vigilancia del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el manejo y control del coronavirus COVID-19, en la actividad de recolección de apoyos adelantada por los comités promotores de la iniciativas de revocatoria de mandato”, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior con radicado GOBOL-22-002385 de 25 de enero de 2022, el doctor Carlos Feliz Monsalve, secretario del Interior de la Gobernación de Bolívar, remitió, por instrucciones del señor gobernador, la hoja de vida del doctor Antonio Moisés Gossaín Morelos, funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser designado como alcalde ad hoc para el municipio de Santa Catalina, Bolívar.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de Santa Catalina, Bolívar.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03- 06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de Santa Catalina. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Santa Catalina, Bolívar, al doctor Antonio Moisés Gossaín Morelos, identificado con la cédula de ciudadanía número 73124128, quien se desempeña en el cargo de director operativo, Código 009, Grado 02, de la Secretaría del Interior y Asuntos Gubernamentales – Dirección de Asistencia Municipal de la Gobernación de Bolívar, para ejercer la vigilancia del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el manejo y control del coronavirus, COVID-19, en la actividad de recolección de apoyos adelantada por los comités promotores de la iniciativa de revocatoria de mandato que cursa en contra del señor Manuel Polo Simanca, alcalde titular del referido ente territorial, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de Santa Catalina, a la Gobernación de Bolívar, a la Procuraduría Regional de Bolívar y a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de marzo de 2022.
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.