DECRETO 341 DE 2020
(marzo 4)
D.O. 51.246, marzo 4 de 2020
por el cual se concede el Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 2.2.1.9.1.4. del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 78 de la Constitución Política, es un deber del Estado propender por la calidad de los bienes y servicios con el propósito de beneficiar al consumidor, por lo cual, la ley regulará el control de la calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización.
Que los numerales 3 y 4 del artículo 2° del Decreto 210 de 2003, establecen dentro de las funciones del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la formulación de políticas en productividad para mejorar la competitividad de las empresas colombianas y para la regulación del mercado nacional en aras de mejorar la calidad.
Que el numeral 8 del artículo 28 del Decreto 210 de 2003, establece que es función de la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, adelantar las gestiones necesarias para la realización anual del Premio Colombiano a la Calidad.
Que en la Sección 1 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, se reglamentan los asuntos relacionados con el Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación.
Que el artículo 2.2.1.9.1.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, establece dos categorías para el Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación, dirigido a la pequeña y mediana empresa y establece que los requisitos mínimos para clasificar dentro de estas categorías, así como las actividades de dirección, coordinación, convocatoria y características de la condecoración del Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación, serán establecidos por el reglamento que para tal efecto expida el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, presentó el 23 de agosto de 2019 a Colombia Productiva en calidad de ejecutor del premio, las condiciones que reglamentan el Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación.
Que Colombia Productiva remitió a los miembros del jurado, un informe con las empresas que obtuvieron los puntajes más altos en sus respectivas categorías:
Categoría pequeña empresa:
1. Antares Aeroespace & Defenses S.A.S, Nit: 805005619-1
2. Celifrut S AS, Nit: 900885896-4
3. Minagro Industrias Químicas Ltda, Nit: 860517485-9
Categoría mediana empresa:
1. Prodia S.A.S, Nit: 800171809-6
2. Mountain Food S.A.S, Nit: 900086521-1
3. Tauroquímica S.A.S, Nit: 830010908-6
Que los miembros del jurado se reunieron el 2 de diciembre de 2019 y recomendaron como ganadoras a las empresas que se destacaron por su alto nivel de excelencia organizacional, por su esfuerzo y excelencia empresarial a través del cumplimiento de estándares de calidad y certificación de sus productos, mediante la superación de barreras de acceso a nuevos mercados internacionales y que promocionan cadenas globales de valor en las regiones para exportar, de acuerdo con el artículo 2.2.1.9.1.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015.
Que de acuerdo con el artículo 2.2.1.9.1.4 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, presentó informe con los finalistas al Presidente de la República, quien tiene la facultad de concederlo o negarlo:
Categoría pequeña empresa:
– Antares Aeroespace & Defenses S.A.S, Nit: 805005619-1
Categoría mediana empresa:
– Prodia S.A.S, Nit: 800171809-6
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Ganador categoría pequeña empresa. Conceder el Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación, en la categoría pequeña empresa, a Antares Aeroespace & Defenses S.A.S (NIT 805005619-1).
Artículo 2°. Ganador categoría mediana empresa. Conceder el Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación, en la categoría mediana empresa, a Prodia S.A.S (N.I.T. 800171809-6).
Artículo 3°. Ceremonia de entrega. Otorgar la condecoración en ceremonia de reconocimiento público como ganadoras del Premio Colombiano a la Calidad para la Exportación a las empresas mencionadas en los artículos primero y segundo del presente decreto y difundir y publicar en los medios de comunicación.
Artículo 4°. Copia. Expedir dos copias de estilo de este decreto, con destino a los ganadores del premio en cada categoría.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
José Manuel Restrepo Abondano.