DECRETO 331 DE 2022
(marzo 8)
D.O. 51.970, marzo 8 de 2022
por el cual se designa en interinidad a un Notario en el Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 5° del Decreto ley 2163 de 1970, en concordancia con las disposiciones del artículo 2° de la Ley 588 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto ley 2163 de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015, establece que el cumplimiento de la edad de retiro forzoso es una de las circunstancias taxativas respecto de las cuales “Se produce falta absoluta del notario …”.
Que la Notaría Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., quedó vacante como consecuencia del retiro del servicio por cumplimiento de la edad de retiro forzoso de su titular, el señor Luis Bernardo Franco Ramírez, como consta en el Decreto número 013 de 12 de enero de 2022.
Que en cumplimiento de las disposiciones del numeral 8 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, la Superintendente de Notariado y Registro el 20 de enero de 2022 certificó la vacancia de la Notaría Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., por generarse la falta absoluta del Notario, bajo la causal descrita en el numeral 4 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015.
Que en cumplimiento de las disposiciones del artículo 3° del Acuerdo número 1 del 23 de noviembre de 2021 expedido por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, el Director de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro mediante oficio SNR2022IE001073 del 20 enero de 2022, remitió a la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial la certificación de vacancia de la Notaría Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., tal como consta en la certificación expedida por la Secretaria Técnica el 25 de febrero de 2022.
Que de acuerdo con el artículo 3° del Acuerdo número 1 de 2021, la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, el 21 de enero de 2022 publicó la certificación de vacancia de la Notaria Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., con el fin de que los Notarios de carrera interesados en ejercer el derecho de preferencia, presentaran sus solicitudes, tal como consta en la certificación expedida en la misma fecha por la Secretaria Técnica.
Que de conformidad con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970, los notarios que han ingresado a la carrera notarial tienen, entre otras prerrogativas, “preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma circunscripción político-administrativa, otra Notaría de la misma categoría que se encuentre vacante”.
Que según consta en la certificación expedida el 25 de febrero de 2022 por la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial; el 24 de enero de 2022 la Secretaría inició en cumplimiento del Acuerdo número 1 de 2021 –mediante el cual el Consejo Superior de la Carrera Notarial “(…) establece el procedimiento operativo para implementar el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto ley 960 de 1970”–, el trámite de recepción de las solicitudes de ejercicio del derecho de preferencia formuladas por los notarios de carrera, para proveer el cargo de notario en la Notaría Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
Que según consta en la certificación en referencia, la Secretaria Técnica “… procedió a publicar el resultado de la vacancia generada en la Notaría Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., constatándose que no se presentaron solicitudes por parte de los notarios para el ejercicio del derecho de preferencia”:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 588 de 2000, no existiendo lista de elegibles vigente, el nominador puede designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el respectivo concurso.
Que la lista definitiva de elegibles aprobada mediante Acuerdo número 026 de 2016 proferido en el marco del concurso de méritos público y abierto para el ingreso a la carrera notarial convocado con el Acuerdo número 001 de 2015, ambos expedidos por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, estuvo vigente hasta el 3 de julio de 2018.
Que ante la inexistencia de solicitudes en virtud del ejercicio de derecho de preferencia frente a la Notaría Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., y, al no haber lista de elegibles vigente, por estrictas necesidades del servicio público notarial procede designar un notario en interinidad en la referida Notaría, que cumpla los requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto ley 960 de 1970.
Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo 25 del Decreto número 2723 de 2014, el Director de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 25 de febrero de 2022 certificó que, “que una vez revisada la documentación aportada por el señor José Andrés O’meara Riveira identificado con la cédula de ciudadanía 79959686 de Bogotá, D. C., se estableció que el citado profesional cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial, en Notarías de primera categoría”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto número 1069 de 2015, la Superintendencia de Notariado y Registro mediante documento del 25 de febrero de 2022, emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar al señor “José Andrés O’meara Riveira identificado con la cédula de ciudadanía 79959686 de Bogotá, D. C., como Notario de la Notaría Setenta y Nueve (79) del Círculo de Bogotá, D. C, en Interinidad; quien cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial”.
Que en este orden procede designar en interinidad al señor José Andrés O’meara Riveira, identificado con la cédula de ciudadanía número 79959686 expedida en Bogotá, D. C., en el cargo de Notario Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá D. C.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1º. Desígnese en interinidad al señor José Andrés O’meara Riveira, identificado con la cédula de ciudadanía número 79959686 expedida en Bogotá, D. C., en el cargo de Notario Setenta y Nueve (79) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
Artículo 2°. Para posesionarse en el cargo, el designado debe aportar y acreditar, ante el Ministro de Justicia y del Derecho1, la documentación de ley.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Wilson Ruiz Orejuela.
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1 Artículo 2° del Decreto número 2817 de 1974, “Los Notarios Públicos y el Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá tomarán posesión de sus cargos ante el Ministro de Justicia”.