DECRETO 318 DE 2023
(marzo 6)
D.O. 52.328, marzo 6 de 2023
por medio del cual se da por terminado un encargo y se efectúa un nombramiento en la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF).
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial, las previstas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 2.2.5.1.1 y 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 0239 del 17 de febrero de 2023, se encargó a la doctora Astrid Eliana Cáceres Cárdenas identificada con cédula de ciudadanía número 63.481.642, Subdirector General Código 0040, Grado 24 de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” (ICBF), en el empleo de Director General Código 0015, Grado 25 de la misma entidad.
Que es necesario dar por terminado el encargo efectuado y nombrar a la doctora Astrid Eliana Cáceres Cárdenas identificada con cédula de ciudadanía número 63.481.642 en el empleo de Director General Código 0015, Grado 25 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” (ICBF).
DECRETA:
Artículo 1°. Terminación de encargo. Dar por terminado el encargo efectuado a la doctora Astrid Eliana Cáceres Cárdenas identificada con cédula de ciudadanía número 63481642, en el empleo de Director General Código 0015, Grado 25 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” -ICBF, a partir de la fecha.
Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a la doctora Astrid Eliana Cáceres Cárdenas identificada con cédula de ciudadanía número 63481642, en el empleo de Director General Código 0015, Grado 25 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” -ICBF, a partir de la fecha.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar este decreto a la doctora Astrid Eliana Cáceres Cárdenas a través de la Subdirección de Talento Humano del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social,
Cielo Elainne Rusinque Urrego.