DECRETO 299 DE 2021
(marzo 25)
D.O. 51.327, marzo 25 de 2021
por el cual se designa en interinidad a un Notario en el Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5° del Decreto Ley 2163 de 1970, en concordancia con las disposiciones del artículo 2° de la Ley 588 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto Ley 2163 de 1970, los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.
Que el Gobierno Nacional a partir de distintas políticas públicas y con el objetivo de agilizar y simplificar las relaciones de los ciudadanos con las instituciones gubernamentales y estimular el emprendimiento y la consolidación empresarial, mediante estrategias transversales –tales como el Programa CO-nectados– que permitieran articular sinergias para mejorar el posicionamiento de Colombia en el exterior, como gran exportador de bienes y servicios, destino atractivo de inversión extranjera directa y destino turístico, de conformidad con lo establecido en el inciso 3 del artículo 131 de la Constitución Política, mediante el Decreto 1437 de 2019, creó la Notaría Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, ubicada en el Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Galán Sarmiento de Bogotá, D. C.
Que el Gobierno, con el fin de garantizar la prestación del servicio público notarial, en la Notaría Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., mediante el Decreto 1689 de 2019 designó en interinidad al doctor Carlos Abed Toro Ortiz, identificado con cédula de ciudadanía número 79392465, actual Notario Diecisiete (17) en Propiedad del Círculo Notarial de Bogotá, D.C., en el cargo de Notario Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., sin que perdiera la propiedad sobre la Notaría de la cual es titular, de acuerdo con las disposiciones del numeral 2 del artículo 144 del Decreto Ley 960 de 1970.
Que el Gobierno, con el fin de garantizar la prestación del servicio público notarial, en la Notaría Diecisiete (17) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., en el entendido que la designación en interinidad del doctor Carlos Abed Toro Ortiz en la Notaría Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., se extendería por más de noventa (90) días, mediante el mismo Decreto 1689 de 2019, designó en interinidad a la doctora Ana Clemencia Silva Nigrinis, identificada con cédula de ciudadanía número 35467233, en el cargo de Notaria Diecisiete (17) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., mientras que subsistiera la designación en interinidad del doctor Carlos Abed Toro Ortiz en la Notaría Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., o hasta que él reasumiera sus funciones en la Notaría de la cual es titular, tal como lo prevé el numeral 2 del artículo 148 del Decreto Ley 960 de 1970 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 67 del Decreto 2148 de 1983.
Que el doctor Carlos Abed Toro Ortiz en ejercicio de sus derechos de carrera, mediante los oficios con radicados Nos. SNR2020ER040202 de 2 de julio de 2020, SNR2020ER090909 de 4 de diciembre de 2020 y SNR2021ER000550 de 24 de diciembre de 2020, solicitó a la Superintendencia de Notariado y Registro adelantar los trámites administrativos correspondientes para reasumir sus funciones como Notario en la Notaría Diecisiete (17) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
Que, en consecuencia, la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial mediante oficio OAJ 016 – SNR2021EE000824 del 8 de enero de 2021, puso a consideración del señor Ministro de Justicia y del Derecho como Presidente del Consejo Superior de la Carrera Notarial, “…la necesidad de convocar a sesión extraordinaria de CSCN, con el fin de poner en conocimiento de los integrantes la referida solicitud y, a su vez, decidir cuál será la figura jurídica que operará para tramitar el retorno al despacho notarial de su titularidad del solicitante”.
Que según consta en la certificación expedida el 3 de marzo de 2021 por la Secretaria Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, “… en sesión virtual llevada a cabo el 10 de febrero de 2021, el Consejo Superior de la Carrera Notarial conoció la petición elevada por el señor Carlos Abed Toro Ortiz – Notario Interino Ochenta (80) del Círculo de Bogotá, titular de la Notaría Diecisiete (17) del Círculo de Bogotá, relacionada con la reasunción de funciones en la Notaría Diecisiete (17) del Círculo de Bogotá, con el fin de establecer la figura jurídica en virtud de la cual se realizaría el trámite de reasunción de funciones en la notaría titular, y, el trámite de nombramiento en la Notaría Ochenta (80) del Círculo de Bogotá, y en virtud de ello consideró:
“1. Que el señor Carlos Abed Toro reasumirá sus funciones como notario titular en la Notaría Diecisiete (17) del Círculo de Bogotá, toda vez que no se encuentran en discusión sus derechos de carrera, máxime cuando en virtud de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 144 del Estatuto Notarial se efectuó su nombramiento como interino en la Notaría Ochenta (80) del Círculo de Bogotá”.
“2. En consecuencia, para el caso particular procede iniciar el trámite administrativo para la programación de la correspondiente visita especial de entrega de la Notaría Diecisiete (17) del Círculo de Bogotá por parte de la Superintendencia Delegada para el Notariado, con la finalidad de que el señor Carlos Abed Toro reasuma sus funciones en la notaría en mención, respecto de la cual es titular y sobre la cual ostenta sus derechos de carrera”.
“3. Respecto de la Notaría Ochenta (80) del Círculo de Bogotá no procede el trámite de derecho de preferencia toda vez que no se configura ninguna de las causales contempladas por el artículo 4 del Decreto 2054 de 2014, compilado en el artículo 2.2.6.3.2.3. del Decreto 1069 de 2015 y, por consiguiente, en virtud de la facultad otorgada por la Ley el Gobierno Nacional, como nominador natural de los notarios de primera categoría, será el nominador natural el competente para proferir el correspondiente acto administrativo de nombramiento en interinidad”.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 588 de 2000, no existiendo lista de elegibles vigente, el nominador puede designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el respectivo concurso.
Que la lista definitiva de elegibles aprobada mediante Acuerdo 026 de 2016 proferido en el marco del concurso de méritos público y abierto para el ingreso a la carrera notarial convocado con el Acuerdo 001 de 2015, ambos expedidos por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, estuvo vigente hasta el 3 de julio de 2018.
Que, por estrictas necesidades del servicio público notarial, procede designar un Notario en interinidad, en la Notaría Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., que cumpla los requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto Ley 960 de 1970.
Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo 25 del Decreto 2723 de 2014, la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 24 de febrero de 2021 certificó que, “una vez revisada la documentación aportada por la señora Ana Clemencia Silva Nigrinis, identificada con la cédula de ciudadanía 35467233 de Bogotá, D. C., se estableció que la citada profesional cumple con las calidades exigidas por la Ley para el ejercicio de la función notarial, en Notarías de primera categoría”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 2874 de 1994 compilado en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015, la Superintendente de Notariado y Registro (e) mediante documento del 24 de febrero de 2021 emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar a la señora “Ana Clemencia Silva Nigrinis, identificada con la cédula de ciudadanía 35467233 de Bogotá, D. C., como Notaria Ochenta del Círculo de Bogotá, D. C. en Interinidad, quien cumple con las calidades exigidas por la Ley para el ejercicio de la función notarial”.
Que, en este orden, procede designar en interinidad a la señora Ana Clemencia Silva Nigrinis, identificada con la cédula de ciudadanía número 35.467.233 expedida en Bogotá, en el cargo de Notaria Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. El señor Carlos Abed Toro Ortiz, identificado con cédula de ciudadanía 79392465 de Bogotá, D. C., reasume sus funciones como Notario titular, en la Notaría Diecisiete (17) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1750 de 2017, y en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 144 del Decreto Ley 960 de 1970.
Artículo 2°. Desígnese en interinidad a la señora Ana Clemencia Silva Nigrinis, identificada con la cédula de ciudadanía número 35467233 expedida en Bogotá, en el cargo de Notaria Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.
Parágrafo. Para posesionarse en el cargo, la designada debe aportar y acreditar, ante el señor Ministro de Justicia y del Derecho1, la documentación de ley.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 25 de marzo de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Wilson Ruiz Orejuela.
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1 Artículo 2° del Decreto 2817 de 1974, “Los Notarios Públicos y el Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá tomarán posesión de sus cargos ante el Ministro de Justicia”.