DECRETO 293 DE 2022
(febrero 28)
D.O. 51.962, febrero 28 de 2022
por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de San Jerónimo, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio número 1106 de 22 de abril de 2021, el señor Mauricio Andrés Velásquez Serna, alcalde del municipio de San Jerónimo, departamento de Antioquia, manifestó ante la Procuraduría Regional de Antioquia, su impedimento para conocer y decidir sobre la solicitud elevada por Colpensiones en favor del señor Hernán de Jesús Velázquez Patiño, quien es su padre, razón por la cual, invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 del 2011.
Que mediante auto de 4 de junio de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS- 2021-258194, el procurador regional de Antioquia, aceptó el impedimento manifestado por el señor Mauricio Andrés Velásquez Serna, alcalde municipal de San Jerónimo, Antioquia, para “adelantar las diligencias relacionadas con la solicitud elevada
por Colpensiones de cobro de bono pensional tipo B, del señor Hernán de Jesús Velásquez Patiño dentro de la radicación número 2021-1893657, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-100860 de 11 de diciembre de 2021, el doctor Aníbal Gaviria Correa, gobernador del departamento de Antioquia, remitió la hoja de vida del señor Héctor Manuel Hoyos Meneses, funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser designado como alcalde ad hoc para el municipio de San Jerónimo, Antioquia.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de San Jerónimo, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del Radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de San Jerónimo. Designar como alcalde ad hoc del municipio de San Jerónimo, Antioquia, al señor Héctor Manuel Hoyos Meneses, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.626.295, quien se desempeña en el cargo de jefe de oficina, código 006, grado 02, asignado al grupo de trabajo Oficina de Control Interno Disciplinario del despacho del gobernador del departamento de Antioquia, para adelantar las diligencias relacionadas con la solicitud elevada por Colpensiones, relativa al cobro de bono pensional tipo B del señor Hernán de Jesús Velásquez Patiño, dentro de la radicación número 2021-1893657, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar a través de la Oficina Asesora Jurídica, del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de San Jerónimo, a la Gobernación de Antioquia y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.