DECRETO 288 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 288 DE 2022    

(febrero 28)    

D.O. 51.962, febrero 28 de 2022    

por el cual se confiere la Orden de la  “Estrella de la Policía” a un personal de Oficiales Superiores de la Policía  Nacional.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la  facultad legal que le confieren los artículos 3° y 6° del Decreto 2612 de 1966,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con el Decreto 2612 de 1966,  es deber del Gobierno nacional, distinguir a las personas que por sus  actividades o en cumplimiento de sus funciones, han trabajado en defensa de la  paz pública y de las instituciones democráticas.    

Que el Consejo de la Orden de la “Estrella de la Policía  Nacional”, en sesión celebrada el día veinte (20) de octubre del dos mil  veintiuno (2021), mediante acta número 041 ADEHU – GREPO – 2.25, consideró  oportuno proponer esta condecoración en el grado y categoría a unos Oficiales  Superiores de la Policía Nacional, que se relacionan a continuación, en  reconocimiento a la labor desempeñada, enmarcada en sus significativos aportes  al País y a la Policía Nacional, con importantes resultados y fortalecimiento  de las capacidades institucionales.    

Que corresponde al Gobierno nacional premiar a quienes con  desprendimiento de sus intereses, se consagran al servicio de la Nación.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Condecoración. Confiérase a los Oficiales  Superiores de la Policía Nacional que se relacionan a continuación, la Orden de  la “Estrella de la Policía”, en el grado Estrella Cívica, categoría  “Comendador”, de conformidad con lo establecido en la parte considerativa del  presente Decreto, así:    

1.                    

CR.                    

CRISTANCHO ZAMBRANO    GIOVANNI                    

79645859   

2.                    

TC.                    

ROJAS LIÉVANO CARLOS    EDUARDO                    

14252961   

3.                    

TC.                    

MARTÍNEZ SÁNCHEZ JAIME    ANDRÉS                    

80202235    

Artículo 2°. Imposición. La condecoración a la que se refiere el  artículo anterior, será impuesta en ceremonia especial, de conformidad con el  Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Diego Andrés Molano  Aponte.    

               

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