DECRETO 283 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 283 DE 2021    

(marzo 24)    

D.O. 51.626, marzo 24 de 2021    

por el cual se efectúa el traslado de unas  Registradoras Principales de Instrumentos Públicos. El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades, en especial de las conferidas por el parágrafo 1° del artículo 75  de la Ley 1579 de 2012 y,    

CONSIDERANDO:    

Que  según lo establecido en el numeral 27.2 del artículo 121 del Decreto 2723 de 2014,  las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos hacen parte de la estructura  de la Superintendencia de Notariado y Registro, siendo los Registradores de  Instrumentos Públicos, principales y seccionales, funcionarios de dicha  Entidad.    

Que de conformidad con lo establecido en el  artículo 2.2.5.4.2 del Decreto 1083 de 2015,  Único Reglamentario del Sector Administrativo de Función Pública, establece que  la figura del traslado también se presenta cuando la Administración hace  permutas entre empleados que desempeñen cargos con funciones afines o  complementarias, que tengan la misma categoría y para los cuales se exijan  requisitos mínimos similares para su desempeño.    

Que el artículo 2.2.5.4.3 del Decreto 1083 de 2015,  determina que el traslado se podrá hacer por necesidades del servicio, siempre  que ello no implique condiciones menos favorables para el empleado, así como  por solicitud de los empleados interesados, siempre que el movimiento no afecte  el servicio.    

Que por medio del Decreto  0109 de 21 de enero de 2015, la señora Maydinayiber  Mayran Urueña Anturi,  identificada con la cédula de ciudadanía número 52320313, fue incorporada a la  planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, en el cargo  de Registradora Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de  Riohacha – La Guajira, Código 0191, Grado 20.    

Que en virtud del Decreto  182 de 3 de febrero de 2017, la señora Maydinayiber  Mayran Urueña Anturi fue  trasladada al Círculo Registral de Cartagena – Bolívar.    

Que la señora Carmen Remedios Frías Arismendy, identificada con la cédula de ciudadanía número  40916284, ingresó a la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y  Registro, en el cargo de Registradora Principal de Instrumentos Públicos del  Círculo Registral de Riohacha – La Guajira, Código 0191, Grado 20, mediante el Decreto  668 del 18 de mayo de 2020.    

Que mediante oficio del  16 de febrero de 2021, radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho con  el No. MJD-EXT21-0007744 del 17 de febrero de 2021, la doctora Goethny Fernanda García Flórez, Superintendente de  Notariado y Registro (E), manifiesta que “(…)  se han presentado situaciones por el manejo y dirección que afectan la  prestación eficiente del servicio público registral en la Oficina de Registro  de Instrumentos Públicos de Cartagena, tal y como se evidencia en el informe de  la visita especial efectuada del 21 al 27 de enero de 2021, y que repercuten en  el término del proceso de registro y en la inscripción de documentos sujetos a  registro”.    

Que a través de dicho  oficio, en el entendido de que se trata de empleos similares y de que la  referida permuta no implica condiciones laborales desfavorables para las  servidoras públicas, por necesidades del servicio, la Superintendente de  Notariado y Registro (E) manifiesta que para la Superintendencia de Notariado y  Registro se hace necesario el traslado, bajo la modalidad de permuta, entre la  señora Maydinayiber Mayran  Urueña Anturi, actual Registradora Principal de la  Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de  Cartagena, Bolívar, para el Círculo Registral de Riohacha – La Guajira y de la  señora Carmen Remedios Frías Arismendy, actual  Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del  Círculo Registral de Riohacha – La Guajira, para el Círculo Registral de  Cartagena, Bolívar.    

Que la Directora de Talento Humano de la  Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 2 de marzo de  2021 certificó que, “(…)revisada la hoja de vida de la señora Maydinayiber Mayran Urueña Anturi, identificada con la cédula de ciudadanía 52320313,  no se encuentra en circunstancias que le impidan el ejercicio del cargo de  Registradora Principal de Instrumentos Públicos Código 0191 Grado 20 y reúne  los requisitos exigidos en los artículos 76 y 77 de la Ley 1579 de 2012 para  el desempeño del mismo y actualmente ocupa en propiedad el referido cargo en la  Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Cartagena,  Bolívar”.    

Que la Directora de Talento· Humano de la  Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento del 2 de marzo de  2021 certificó que, “(…) revisada la hoja de vida de la señora Carmen  Remedios Frías Arismendy, identificada con la cédula  de ciudadanía 40916284, no se encuentra en circunstancias que le impidan el  ejercicio del cargo de Registradora Principal de Instrumentos Públicos Código  0191 Grado 20 y reúne los requisitos exigidos en los artículos 76 y 77 de la Ley 1579 de 2012 para  el desempeño del mismo y actualmente ocupa el referido cargo en provisionalidad  en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Riohacha, La  Guajira”.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Trasladar, bajo la modalidad de  permuta, a la señora Maydinayiber Mayran  Urueña Anturi, identificada con la cédula de  ciudadanía número 52320313, actual Registradora Principal de la Oficina de  Registro de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Cartagena, Bolívar,  al cargo de Registradora Principal de Instrumentos Públicos del Círculo  Registral de Riohacha, La Guajira, Código 0191 Grado 20 y, subsiguientemente, a  la señora Carmen Remedios Frías Arismendy,  identificada con la cédula de ciudadanía número 40916284, actual Registradora  Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo  Registral de Riohacha, La Guajira, al cargo de Registradora Principal de  Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Cartagena, Bolívar, Código 0191  Grado 20.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *