DECRETO 271 DE 2021
(marzo 11)
D.O. 51.613, marzo 11 de 2021
por el cual se designa alcaldesa ad hoc para el municipio de Ragonvalia, departamento de Norte de Santander.
Nota: Derogado por el Decreto 859 de 2021, artículo 1º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio GEM 000895 del 14 de octubre de 2020, el doctor Wilmer Alexander Rodríguez Jaimes, alcalde municipal de Ragonvalia, se declaró impedido para actuar en trámite de aceptación de renuncia irrevocable al cargó de Ayudante de la planta de personal de este ente territorial, presentada por Nilo Antonio Jaimes Serrano, identificado con cédula de ciudadanía número 5.481.610 de Ragonvalia, con quien lo une un vínculo en tercer grado de consanguinidad, al considerar que se configura la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que la Procuraduría Regional de Norte de Santander, mediante Auto de fecha 5 de noviembre de 2020, proferido dentro del proceso radicado bajo el número IUS-E- 2020-540566; aceptó el impedimento planteado por el doctor Wilmer Alexander Rodríguez Jaimes, alcalde municipal de Ragonvalia, departamento de Norte de Santander, al encontrar configurada la causal taxativa prevista en el numeral primero del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, “(…) en la medida en que el servidor tiene vínculos de consanguinidad en tercer grado con respecto al señor Nilo Antonio Jaimes Serrano, tal como lo demuestra con los registros civiles que allega su declaratoria de impedimento, pues se advierte una situación que impulsa a este despacho a ordenar sustraer del trámite de la aceptación de la renuncia irrevocable al alcalde de Ragonvalia, Wilmer Alexander Rodríguez Jaimes”.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “…Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, el gobernador del departamento de Norte de Santander, mediante oficio SJ-108 número: 2021-840-003507-1 del 18 de febrero de 2021, radicado en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI2021-2453 del 4 de marzo del mismo año, avaló y remitió la hoja de vida de la doctora Ludy Páez Ortega, funcionaria vinculada a la gobernación de Norte de Santander, para ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio de Ragonvalia, departamento de Norte de Santander, para tramitar el asunto objeto del impedimento.
Que el artículo 209 de la Constitución Política, preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcaldesa ad hoc para ese ente territorial.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tenga superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado en el concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, a través del radicado 11001-03-06-000-2014- 00049-00 (2203) del 6 de marzo de 2014.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación de alcalde ad hoc de Ragonvalia. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Ragonvalia, departamento de Norte de Santander, a la doctora Ludy Páez Ortega, identificada con la cédula de ciudadanía número 60.252.381, quien se desempeña en el cargo de Asesor código 105, grado 13, ubicado en la planta global del nivel central de la administración departamental, para conocer y decidir acerca del trámite de aceptación de renuncia irrevocable al cargo de Ayudante de la planta de personal del citado ente territorial, presentada por el señor Nilo Antonio Jaimes Serrano, identificado con cédula de ciudadanía número 5.481.610, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al alcalde titular del municipio de Ragonvalia, a la gobernación de Norte de Santander y a la Procuraduría Regional de Norte de Santander.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de marzo de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.