DECRETO 270 DE 2020
(febrero 24)
D.O. 51.237, febrero 24 de 2020
por el cual se da por terminado un encargo y se hace un nombramiento.
Nota: Ver Decreto 1429 de 2022
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y los artículos 2.2.5.1.1 y 2.2.5.3.4 del Decreto número 1083 de 2015 modificado por el Decreto número 648 de 2017, y,
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 4° del Decreto número 1990 del 31 de octubre de 2019, se encargó a la doctora Olga Lucía Ramírez Duarte, identificada con cédula de ciudadanía número 53166440, Director Técnico Código 0100 Grado 19 de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte, de las funciones del empleo de Viceministro de Infraestructura Código 0020 del Ministerio de Transporte, a partir del 1° de noviembre del 2019, el cual fue prorrogado mediante Decreto número 133 del 31 de enero de 2020;
Que es necesario dar por terminado el encargo efectuado y nombrar a la doctora Olga Lucía Ramírez Duarte, identificada con cédula de ciudadanía número 53166440, como titular del empleo de Viceministro de Infraestructura Código 0020 del Ministerio de Transporte;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Terminación de Encargo. Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo de las funciones del empleo de Viceministro de Infraestructura Código 0020 del Ministerio de Transporte, a la doctora Olga Lucía Ramírez Duarte, identificada con cédula de ciudadanía número 53166440, Director Técnico Código 0100 Grado 19 de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte.
Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a partir de la fecha, a la doctora Olga Lucía Ramírez Duarte, identificada con cédula de ciudadanía número 53166440, en el empleo de Viceministro de Infraestructura Código 0020 del Ministerio de Transporte.
Artículo 3°. Comunicación. El presente decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento Humano del Ministerio de Transporte a la doctora Olga Lucía Ramírez Duarte.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 4° del Decreto número 1990 del 31 de octubre de 2019 y el Decreto número 133 del 31 de enero de 2020.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Transporte,
Ángela María Orozco Gómez.