DECRETO 252 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 252 DE 2021     

(marzo 9)    

D.O. 51.611, marzo 9 de 2021    

Por el cual se designa alcalde  ad hoc del municipio de San Luis, departamento del Tolima    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante la Resolución 140  del 4 de septiembre de 2020, el doctor Guillermo Ignacio Alvira Acosta, alcalde  municipal de San Luis, Tolima, se declaró impedido para adelantar revisión y/o  realización de nueva encuesta del Sisbén al ciudadano Guillermo Ignacio Alvira  Estrada, por encontrarse respecto de él en una relación de parentesco en primer  grado de consanguinidad (padre-hijo).    

Que mediante auto de fecha 27  de octubre de 2020, proferido por la Procuradora Regional del Tolima, dentro  del radicado número IUC-D-2020-1610401(IUS E 2020- 523089), aceptó el  impedimento manifestado por el doctor Guillermo Ignacio Alvira Acosta, al  encontrar configurada la -causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la  Ley 1437 de 2011, al  considerar que “(…) en consecuencia declarará la existencia de  impedimento para efectuar revisión del puntaje en el Sisbén de Guillermo  Ignacio Alvira Estrada, u ordenar nuevo trámite de visita y aplicación de la  encuesta para asignación de puntaje con el objeto de determinar si el  mencionado ciudadano puede continuar como beneficiario del Sisbén”, y se ha  remitido a la Presidencia de la República para la designación del alcalde ad  hoc para adelantar el trámite enunciado.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “…  Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio …”, el gobernador del departamento del  Tolima, mediante comunicación número 390 del 20 de noviembre de 2020, radicada  en el Ministerio del Interior con la PQRSD-068841 del 22 del mismo mes y año,  remitió la hoja de vida del doctor Juan Pablo García Poveda, secretario de  Planeación y Tic de la gobernación del Tolima, para ser designado como .alcalde  ad hoc del municipio de San Luis.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad  e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento  Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de San Luis, Tolima.    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de  2014, radicado 11001-03-06- 000-2014-00049-00 (2203).    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación.  Designar como alcalde ad hoc del municipio de San Luis, Tolima, al doctor Juan  Pablo García Poveda, identificado con la cédula de ciudadanía número 14395600,  quien ejerce el cargo de Secretario de despacho Código 020, Grado 4 de la  Secretaría de Planeación y TIC de la gobernación del Tolima, para “(…)  efectuar revisión del puntaje en el Sisbén de Guillermo Ignacio Alvira Estrada,  u ordenar nuevo trámite de visita y aplicación de la encuesta para asignación  de puntaje con el objeto de determinar si el mencionado ciudadano puede  continuar como beneficiario del Sisbén”.    

Artículo 2°. Posesión. El  alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al  alcalde titular del municipio de San Luis, Tolima, a la Procuraduría Regional  del Tolima y a la Gobernación del Tolima.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de  marzo de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

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