DECRETO 251 DE 2021
(marzo 9)
D.O. 51.611, marzo 9 de 2021
por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Panqueba, departamento de Boyacá.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio sin fecha, suscrito por el señor Jorge Mario Ibáñez Arango, alcalde del municipio de Panqueba, Boyacá, se declaró impedido ante la Procuraduría Regional de Boyacá, por configurarse la causal relativa a “Haber conocido del asunto, en oportunidad anterior, el servidor, su cónyuge, compañero permanente o algunos de sus parientes indicados en el numeral precedente” u “haber intervenido en esta como apoderado”, de conformidad con lo consagrado en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, para adoptar una decisión como representante legal del municipio y miembro del Comité de Conciliación respecto de la viabilidad de iniciar acción de repetición contra el señor ex alcalde del municipio, con ocasión del fallo condenatorio incoado por la señora Mayra Alexandra Blanco, proferido por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Tunja, dentro del radicado número 15238333300120160014600.
Que mediante auto número 1886 del 14 de diciembre de 2020, proferido dentro del proceso radicado bajo el número IUS-E-2020-643223; IUC D-2020-1672784, aceptó el impedimento planteado por el señor Jorge Mario Ibáñez Arango, en su calidad de alcalde de Panqueba, Boyacá, para adoptar una decisión como representante legal del municipio y miembro del Comité de Conciliación respecto de la viabilidad de acción de repetición contra el señor ex alcalde del municipio, con ocasión del fallo condenatorio incoado por la señora Mayra Alexandra Blanco, al encontrar configurados los presupuestos contenidos en la causal establecida en el numeral 11 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, se remitió a la Presidencia de la República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio …”, el gobernador del departamento de Boyacá, mediante comunicación remitida vía correo electrónico del 8 de febrero de 2021, avaló y remitió la hoja de vida del doctor Johan Francisco Herrera Gualdrón, funcionario vinculado a la gobernación de Boyacá, como Director Administrativo, código 009 grado 05, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de Panqueba.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de Panqueba, Boyacá.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene me superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de 2014, radicado 11001-03-06- 000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Panqueba, Boyacá, al doctor Johan Francisco Herrera Gualdrón, identificado con la cédula de ciudadanía número 1049606264, quien se desempeña en el cargo de Director Administrativo, código 009 grado 05, asignado a la Dirección de Juventud de la Secretaría de Gobierno y Acción Comunal del departamento de Boyacá, para adoptar una decisión como representante legal del municipio y miembro del Comité de Conciliación, respecto de la viabilidad de iniciar acción de repetición contra el señor ex alcalde del municipio, con ocasión del fallo condenatorio incoado por la señora Mayra Alexandra Blanco y demás acciones conexas a dicha circunstancia.
Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de Panqueba, Boyacá, a la Procuraduría Regional de Boyacá y a la gobernación de Boyacá.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.