DECRETO 2493 DE 2022
(diciembre 16)
D.O. 52.250, diciembre 16 de 2022
por el cual se efectúa la designación del delegado del Presidente de la República ante la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el parágrafo del artículo 245 de la Ley 100 de 1993, el artículo 13 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del parágrafo del artículo 245 de la Ley 100 de 1993, se creó la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos posteriormente denominada, por el artículo 87 de la Ley 1438 de 2011, como Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y dispuso que está conformada en forma indelegable, por los hoy ministros de Salud y Protección Social, de Comercio, Industria y Turismo y por un delegado del presidente de la República.
Que, mediante el Decreto 2378 del 27 de diciembre de 2019, se designó como delegado del presidente de la República ante la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, al Consejero de la Competitividad y la Gestión Público-Privada del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República quien a la fecha no ostenta dicho cargo y por ende tampoco la función delegada.
Que, mediante este acto administrativo se designará al delegado del Presidente de la República ante la Comisión Nacional de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Que, en virtud de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar al doctor Stalin Antonio Ballesteros García, identificado con cédula de ciudadanía número 84451644, en su calidad de director de la Agencia Nacional de Contratación Pública-Colombia Compra Eficiente como delegado del presidente de la República ante la Comisión Nacional de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el presente decreto al doctor Stalin Antonio Ballesteros García, director de la Agencia Nacional de Contratación Pública-Colombia Compra Eficiente.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su· publicación y deroga el Decreto 2378 del 27 de diciembre de 2019.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C, a 16 de diciembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO
La Ministra de Salud y Protección Social,
Diana Carolina Corcho Mejía.