DECRETO 2489 DE 2022
(diciembre 16)
D.O. 52.250, diciembre 16 de 2022
por el cual se designa gobernadora ad hoc del departamento de Santander.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio de 9 de junio de 2021, reiterado a través de escrito de 21 de julio del mismo año, el señor Nerthink Mauricio Aguilar Hurtado, gobernador del departamento de Santander, manifestó ante la Procuraduría Regional de Santander, su impedimento para “designar apoderado para la representación judicial del departamento de Santander en el Proceso Judicial número 00038 que se adelanta por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, en contra del senador Richard Aguilar Villa”, dado el parentesco en segundo grado de consanguinidad que ostenta con el investigado, razón por la cual, invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante auto de 14 de julio de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS-E-2021-330410 IUC-D-2021-1939661, la Procuradora Regional de Santander, aceptó el impedimento manifestado por el señor Nerthink Mauricio Aguilar Hurtado, gobernador del departamento de Santander, para “otorgar poder en representación de ese ente territorial, en el proceso que adelanta la honorable Corte Suprema de Justicia bajo el Radicado número 00038 siendo magistrado ponente el doctor César Augusto Reyes Medina”, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, en consecuencia, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1542 de 26 de noviembre de 2021, a través del cual se designó como gobernador ad hoc del departamento de Santander, al doctor Luis Fernando Pinzón Galindo, quien fungía como Secretario General, código 0035, grado 24, ubicado en la planta global del Ministerio del Interior.
Que mediante Decreto 1695 de 16 de agosto de 2022, el señor Presidente de la República, aceptó a partir de la misma fecha la renuncia presentada mediante oficio con radicación EXT22-00057143 de 11 de agosto de 2022, por el doctor Luis Fernando Pinzón Galindo, al cargo de Secretario General, código 0035, grado 24, ubicado en la planta global del Ministerio del Interior.
Que, como quiera que la designación del doctor Luis Fernando Pinzón Galindo como gobernador ad hoc del departamento de Santander, se realizó en virtud de la calidad de servidor público que ostentaba y, teniendo en cuenta que le fue aceptada su renuncia al cargo de Secretario General, código 0035, grado 24 ubicado en la planta global del Ministerio del Interior, operó el decaimiento del Decreto 1542 de 26 de noviembre de 2021, conforme a lo señalado en el numeral 2 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), al desaparecer uno de los fundamentos fácticos que cimentaban tal designación.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “…Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio…”, se designará a la doctora Luz Yolima Herrera Martínez, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, como gobernadora ad hoc del departamento de Santander.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al gobernador ad hoc del departamento de Santander.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como gobernadora ad hoc del departamento de Santander, a la doctora Luz Yolima Herrera Martínez, identificada con la cédula de ciudadanía número 52100798, quien se desempeña en el cargo de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica código 1045, grado 16 de la planta global del Ministerio del Interior, “para otorgar poder en representación de ese ente territorial, en el proceso que adelanta la honorable Corte Suprema de Justicia bajo el radicado número 00038, siendo magistrado ponente el doctor Cesar Augusto Reyes Medina”, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. La gobernadora ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 110 de la Ley 2200 de 2022.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la gobernadora ad hoc designada en este acto, al gobernador titular del departamento de Santander, a la Asamblea Departamental de Santander y a la Procuraduría Regional de Santander.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro del Interior,
Hernando Alfonso Prada Gil.