DECRETO 248 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 248 DE 2023    

(febrero 22)    

D.O. 52.316, febrero 22 de 2023    

por el cual se acepta una  renuncia y se hace un encargo en la planta de personal de la Dirección Nacional  de Bomberos de Colombia.    

Nota:  Ver Decreto 755 de 2023.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y  reglamentarias, en especial, de las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  en los artículos 2.2.5.1.1, 2.2.5.4.7 y 2.2.5.5.43 del Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el Capitán Charles Wilber  Benavides Castillo, mediante comunicado del 9 de febrero de 2023, presentó  renuncia al empleo Director General de Unidad Administrativa Especial, código  0015 grado 24, de la Dirección Nacional de Bomberos a partir de la fecha.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación  renuncia. Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por el Capitán  Charles Wilber Benavides Castillo, identificado con la cédula de ciudadanía  número 98385670, al empleo de Director General de Unidad Administrativa  Especial, código 0015 grado 24, de la Dirección Nacional de Bomberos.    

Artículo 2°. Encargo. Encargar  a partir de la fecha, de las funciones del cargo de Director General de Unidad  Administrativa Especial, código 0015 grado 24, de la Dirección Nacional de  Bomberos, al Capitán Jairo Soto Gil, identificado con la cédula de ciudadanía  número 16642011, actual Subdirector Estratégico y Coordinación Bomberil Código  0040 Grado 21, de la Dirección Nacional de Bomberos sin que implique separación  de las funciones del empleo que viene ejerciendo, mientras se nombra y  posesiona el titular del cargo.    

Artículo 3°. Comunicación. La  Subdirección de Gestión Humana del Ministerio del Interior comunicará, a través  del correo electrónico gestionhumana@mininterior.gov.co, el contenido de este  decreto a la Dirección Nacional de Bomberos y a los señores Charles Wilber  Benavides Castillo y Jairo Soto Gil.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado a 22 de febrero de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro del Interior,    

Hernando Alfonso Prada Gil.    

               

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