DECRETO 247 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 247 DE 2021     

(marzo 9)    

D.O. 51.611, marzo 9 de 2021    

por el cual se  adicionan las secciones 2 y 6 del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del  libro 2 del Decreto 1070 de 2015,  “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo  de Defensa” en lo que respecta a la creación de la Medalla Militar “Simona Amaya”.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial la que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución  Política y el artículo 2.3.1.3.1.3. del Decreto Único Reglamentario del Sector  Administrativo de Defensa 1070 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que “SIMONA AMAYA” fue una de las  mujeres más representativas de la época emancipadora de nuestro país, por su  valor, compromiso, sacrificio y coraje en defensa de la libertad. “La Heroína  de Paya”, como era conocida, luchó por la libertad del pueblo desacatando las  órdenes del gobierno español y llegando a sacrificar su propia vida, en la  Batalla del Pantano de Vargas, el 25 de julio de 1819, preludio de la que trece  días después, el glorioso 7 de agosto, selló definitivamente la independencia y  libertad de la Nueva Granada.    

Que la mencionada heroína se enlistó  en el Ejército, fungiendo como Simón Amaya, cuyo único objetivo era alcanzar la  libertad e independencia de su Patria; inmediatamente logró posicionarse en la  milicia local, saliendo al encuentro de la avanzada patriota comandada por el  General Francisco de Paula Santander y Omaña, exponiendo con claridad la  ubicación de guarniciones realistas en la fortificación de Sangenís.    

Que la contundente derrota infringida  al enemigo, cuando el Ejército Libertador se enfrentó al Batallón Primero de  Numancia de España en la Batalla de Paya, el 27 de junio de 1819 en el Trincherón de Sangenís en el  Departamento de Boyacá, dejó como parte de la guerra más de trecientas bajas  realistas, lo que generó un reconocimiento por parte de los altos mandos a  Simona Amaya por su liderazgo, bravura, arrojo, decisión e ímpetu, siendo  ascendido al grado de Sargento.    

Que “La Heroína de Paya”, conocida así  por haber superado al Ejército Español en la precitada Batalla y de allí haber  continuado la ruta de la independencia junto al Ejército Libertador librando  numerosos combates, en medio de las difíciles situaciones que debió afrontar,  mantuvo la serenidad y fortaleza para sobrellevar la adversidad con valor,  arrojo, coraje, tenacidad, fortaleza, gallardía, heroísmo, mística, pundonor,  serenidad, tenacidad, cautela, osadía, patriotismo, sacrificio y la más  profunda lealtad a los principios y convicciones. Su condición femenina  solamente se advirtió al momento de su muerte, luego de haber sido mortalmente  herida en el pecho, en la Batalla del Pantano de Vargas librada el 25 de julio  de 1819.    

Que Simona Amaya, representa valores  femeninos, fundamentalmente relevantes para la mujer militar de ayer, hoy,  mañana y siempre. Esos valores y virtudes deben ser objeto de reconocimiento  Institucional y constituyen paradigmas éticos de actuaciones en ámbitos  públicos y privados. Origen común que se remonta a la Historia Bicentenario de  las Fuerzas Militares.    

Que el Comando General de las -Fuerzas  Militares inspirado en las acciones meritorias de las mujeres partícipes en la  construcción y sostenimiento de la actual República de Colombia, con esta  condecoración reconocerá a las mujeres militares que como Simona Amaya se  destaquen, por sus reconocidas virtudes militares. Así las cosas, con esta  medalla se resaltarán Mujeres Militares valientes, resueltas, emprendedoras,  comprometidas en el ejercicio de las misiones encomendadas, que obran con  mística y convicción, profesionalismo, espíritu de superación, creativas,  innovadoras, arrojadas, disciplinadas, cumplidoras de los deberes y obligaciones,  respetuosas del honor militar,· pundonorosas; de impoluto patriotismo y  espíritu militar, dos conceptos íntimamente vinculados a una misma realidad,  porque el espíritu militar se funda en todos los altos y nobles sentimientos y  acciones que se derivan, principalmente del rector de fidelidad a la Patria.    

Que corresponde al Gobierno nacional  enaltecer a las mujeres de nuestras Fuerzas Militares, quienes con sus acciones  meritorias y servicios distinguidos han llevado en sus hombros, con sacrificio  y voluntad, la gran responsabilidad de contribuir a la seguridad, tranquilidad  y paz en todo el territorio nacional.    

Que de conformidad con el artículo  2.1.2.2.1 del Decreto número  1081 de 2015, la creación de la Medalla Militar “Simona Amaya”, conlleva la  adición al Decreto número  1070 de 2015,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adiciónese la Subsección  62 a la Sección 6, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del  Decreto 1070 de 2015,  “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo  de Defensa”, el cual quedará así:    

SUBSECCIÓN 62    

MEDALLA MILITAR  “SIMONA AMAYA”    

Artículo  2.3.1.3.6.62.1. Origen. Créase en única  categoría la Medalla Militar “Simona Amaya”, para premiar y estimular por una  sola vez al personal femenino de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas  Militares de Colombia, que con su trabajo, colaboración y apoyo se destaquen  dentro del ámbito de su competencia, por ser Mujeres Militares valientes,  resueltas, emprendedoras, comprometidas en el ejercicio de las misiones  encomendadas, que obran con mística y convicción, profesionalismo, espíritu de  superación, creativas, innovadoras, arrojadas, disciplinadas,  cumplidoras de los deberes y obligaciones, respetuosas del honor militar,  pundonorosas; de impoluto patriotismo y espíritu militar.    

La Medalla será conferida el  día 27 d junio de los años venideros, en conmemoración a la Batalla de Páya en donde “Simona Amaya” lideró heroicamente el asedio,  caída y toma del bastión del Trincheron de Sangenís en el Departamento de Boyacá, fortaleza donde  reposaban tropas del Ejército Español, propinando un golpe contundente al  enemigo y, elevando la moral de los patriotas en su primera victoria como  Ejército libertador, lo que le genero reconocimiento, siendo ascendida al grado  de Sargento.    

Artículo 2.3.1.3.6.62.2. Características.  La joya está conformada por tres piezas, la primera; una base  con forma de sol con doce destellos y en sus puntas finaliza en esferas.  Internamente lleva una estrella de doce puntas en color púrpura, acabado dorado  brillante, pintura al fuego y moldeado en 3D. La segunda pieza es una flor  sobrepuesta- de cinco pétalos color rojo con hojas verdes y que en su centro  posará la tercera pieza circular, sobrepuesta, con la figura de Simona Amaya,  acompañada por. el texto “Medalla Militar” en la parte superior y “Simona  Amaya” en la parte inferior, en acabado dorado brillante y moldeado en 3D. La  joya estará suspendida por una cinta de 40 mm de ancho x 55 mm de alto, lleva  dos franjas laterales de color púrpura, dos franjas más delgadas en color  blanco y una franja central en color rosa. La cinta tendrá el sobrepuesto  central de la flor de 10 mm de diámetro. A su vez la cinta sostendrá a la joya  por “La vesica piscis” (vejiga de pez en latín), es  un símbolo hecho con dos círculos del mismo radio que se intersecan de manera  que el centro de cada círculo está en la circunferencia del otro. En acabado  dorado brillante y moldeado en 3D.    

Parágrafo 1°. La  miniatura o réplica será similar a la joya de la condecoración, pero reducida a  un diámetro de 20 mm, suspendida por una cinta similar de la joya, de 15 mm de  ancho X 35 mm de alto, según lo contemplado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del  presente Decreto.    

Parágrafo 2°. La  venera será un rectángulo metálico esmaltado de 40 mm de ancho x 10 mm de alto,  dividida de igual forma que la cinta; dos franjas laterales de color púrpura,  dos franjas más delgadas en color blanco y una franja central en color rosa. En  el centro, tendrá como sobrepuesto la misma flor de la cinta de 10 mm de  diámetro, pintura al fuego y moldeada en 3D.    

Parágrafo 3°. El  anverso tendrá una flor sobrepuesta de cinco pétalos color rojo con hojas  verdes y que en su centro posará la tercera pieza circular, sobrepuesta, con la  figura de Simona Amaya, acompañada por el texto “Medalla militar” en la parte  superior y “Simonía Amaya” en la parte inferior, en acabado dorado brillante y  moldeado en 3D.    

Parágrafo 4°. En el  reverso estará plasmado el escudo de armas del Comando General de las Fuerzas Militares.  A su vez la cinta sostendrá a la joya por “La vesica  piscis”- (vejiga de pez en latín), es un símbolo hecho con dos círculos del  mismo radio que se intersecan de manera que el centro de cada círculo está en  la circunferencia del otro. En acabado dorado brillante y moldeado en 3D.    

Artículo 2.3.1.3.6.62.3. Consejo  de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Simona Amaya” estará  integrado así:    

        

Presidente:                    

Comandante General de las    Fuerzas Militares   

Vicepresidente:                    

Jefe de Estado Mayor Conjunto   

Vocales:                    

Comandantes Ejército    Nacional, Armada Nacional y de la Fuerza Aérea Colombiana   

Secretario:                    

Jefe del Departamento de    Personal de Comando General.      

Artículo 2.3.1.3.6.62.4. Requisitos. Los  requisitos para el otorgamiento de la medalla militar “Simona Amaya” son:    

1. Ser militar femenina de  jerarquía Oficial o Suboficial de las Fuerzas Militares.    

2. Que durante los tres (3)  últimos años no haya sido suspendido en el ejercicio de funciones y  atribuciones.    

3. Que durante los tres (3) últimos  años no haya sido objeto de sanción disciplinaria.    

4. Que durante los tres (3)  últimos años no haya sido condenada por la Justicia Penal Militar o la  Ordinaria.    

5. Que se distinga por sus  eminentes servicios prestados a las Fuerzas Militares dentro del cumplimiento  de su función en el ejercicio del cargo o prestación del servicio, por sus  reconocidas virtudes militares de patriotismo, honor militar, mística, ética,  liderazgo, sacrificio, voluntad, disciplina, fortaleza coraje, compromiso,  lealtad y valor.    

Artículo 2.3.1.3.6.62.5. Diploma. Deben ser elaborados  en papel Reemp Kimberly Tradit  Marfil con las siguientes dimensiones: treinta y cinco (35) centímetros de  largo por veinticinco (25) centímetros de ancho, tipo de letra Edwardian Script  ITC, excepto las firmas en tipo de letra; Monotipe  Cursiva, con el dibujo del anverso de la medalla al lado izquierdo superior y  al lado superior derecho, de fondo el escudo del Comando General y en el centro  la siguiente leyenda.    

         

Artículo 2°. Adiciónese el literal “i” al numeral 2 del ordinal  c) del artículo 2.3.1.3.2.1, ubicado en la Sección 2, del Capítulo 3, del  Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto 1070 de 2015,  “por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo  de Defensa”, el cual quedará así:    

Artículo 2.3.1.3.2.1. Clasificación  de las Condecoraciones. Las condecoraciones militares se clasifican  y denominan de la siguiente forma:    

a) Por actos de valor y  servicios distinguidos en guerra internacional, estados de excepción o en orden  público:    

1. Orden Militar de “San  Mateo”.    

2. Medalla Servicios en “Guerra  Internacional”.    

3. Medalla Militar “Al Valor”.    

4. Medalla Militar “Herido en  Acción”.    

5. Medalla Servicios  Distinguidos en “Orden Público”.    

6. Medalla Militar “Campaña del  Sur”.    

7. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Especiales”.    

8. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo”.    

b) Por virtudes militares y  profesionales de carácter excepcional:    

1. Orden del Mérito Militar  “Antonio Nariño”.    

2. Orden del Mérito Militar  “José María Córdova”.    

3. Orden del Mérito Naval  “Almirante Padilla”.    

4. Cruz de la Fuerza Aérea al  “Mérito Aeronáutico”.    

5. Orden del Mérito Sanitario  “José Fernández Madrid”.    

6. Medalla Militar “Soldado  Juan Bautista Solarte Obando”.    

c) Por servicios distinguidos  prestados a la Institución Militar:    

1. Ministerio de Defensa  Nacional.    

a) Medalla Militar Ministerio  de Defensa Nacional.    

b) Medalla Servicios  Distinguidos a la Justicia Penal Militar.    

2. Comando General Fuerzas  Militares.    

a) Medalla Militar “Fe en la  Causa”.    

b) Medalla Militar “Servicios  Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”.    

c) Medalla Militar “Escuela  Superior de Guerra”.    

d) Medalla Militar “Al Mérito  de la Reserva”.    

e) Medalla Militar “General  José Hilaría López Valdés”.    

f) Medalla Militar “Cruz de  Plata en Operaciones Especiales”.    

g) Medalla Militar  “Bicentenario de los Ingenieros Militares”.    

h) Medalla Militar Desminado  “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”.    

i) Medalla Militar “Simona  Amaya”.    

3. Ejército Nacional.    

a) Medalla “Fe en la Causa”.    

b) Medalla Militar “Escuela  Militar de Cadetes”.    

c) Medalla Militar “Centenario  Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova”.    

d) Medalla Militar “Escuela de  Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio.    

e) Medalla “Batalla de  Ayacucho”.    

f) Medalla “San Jorge”.    

g) Medalla “Santa Bárbara”.    

h) Medalla “Torre de Castilla”.    

i) Medalla “Brigadier General  Ricardo Charry Solano”.    

j) Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”.    

k) Medalla “Guardia  Presidencial”.    

1) Medalla Policía Militar  “General Tomás Cipriano de Mosquera”.    

m) Medalla “Escuela de  Lanceros”.    

n) Medalla “San Gabriel”.    

ñ) Medalla Militar Escuela de  Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencio Chincá”.    

o) Medalla Militar “San Miguel  Arcángel”.    

p) Medalla Militar “Honor al  Deber Cumplido”.    

q) Medalla Militar Escuela de  Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”.    

r) Medalla Militar “Servicios  Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”.    

s) Medalla Militar “Servicios  Distinguidos en Operaciones de Aviación”.    

t) Medalla Centenario  “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Álzate”.    

u) Medalla “San Rafael  Arcángel”.    

v) Medalla Militar “Guardia de  Honor de Colombia”.    

w) Medalla Militar “Servicios  Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única”.    

x) Medalla Militar “Bicentenario  de la Campaña Libertadora”.    

y) Medalla Militar  “Bicentenario de la Caballería”.    

z) Medalla Militar “Protectores  de la Espada del Libertador”.    

4. Armada Nacional.    

a) Medalla Servicios  Distinguidos a la Armada Nacional.    

b) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”.    

c) Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Armada Nacional.    

d) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Escuela Naval de Suboficiales”.    

e) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Fuerza de Superficie”.    

f) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Infantería de Marina”.    

g) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Fuerza Submarina”.    

h) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Aviación Naval”.    

i) Medalla Servicios Distinguidos  al “Cuerpo de Guardacostas”.    

j) Medalla Servicios  Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina. ·    

j) Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”.    

k) Medalla “Servicios  distinguidos a la Dirección General Marítima.    

1) Medalla de Servicios  Distinguidos a la “Ingeniería Naval”.    

m) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Inteligencia Naval”.    

5. Fuerza Aérea.    

a) Medalla “Marco Fidel  Suárez”.    

b) Medalla “Águila de Gules”.    

c) Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.    

d) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”.    

e) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Inteligencia Aérea”.    

f) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Defensa Aérea y Navegación Aérea”.    

g) Medalla Servicios Distinguidos  al “Cuerpo Logístico y Administrativo”.    

h) Medalla Ciencia y  Tecnología.    

i) Medalla Servicios  Distinguidos a la Escuela de Suboficiales “CT. ANDRÉS M. DÍAZ” de la Fuerza  Aérea Colombiana.    

j) Medalla “Servicios  Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional  Humanitario”    

d) Medalla por Tiempo de  Servicio    

1. Tiempo de servicio 40 años.    

2. Tiempo de servicio 35 años.    

3. Tiempo de servicio 30 años.    

4. Tiempo de servicio 25 años.    

5. Tiempo de servicio 20 años.    

6. Tiempo de servicio 15 años.    

e) Por Mérito Académico.    

1. Medalla Militar “Francisco  José de Caldas”.    

2. Medalla “Cadete José María  Rosillo”.    

3. Medalla “Alumno Distinguido  de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional”.    

4. Medalla Alumno Distinguido  de la “Escuela Naval de Suboficiales”.    

5. Medalla Militar “Alumno  Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.    

6. Medalla a la virtud “Capitán  José Edmundo Sandoval”.    

f) Por Mérito Deportivo.    

1. Medalla Deportiva de la  Fuerza Pública.    

Artículo 3°. Adiciónese el  artículo 2.3.1.3.2.2 de la Sección 2, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte  3, del Libro 2, del Decreto 1070 de 2015,  “por el cual se expide el Decreto único Reglamentario del Sector Administrativo  de Defensa”, el cual quedará así:    

Artículo 2.3.1.3.2.2. Precedencia  de las condecoraciones. Las condecoraciones militares nacionales  tienen prelación sobre las extranjeras y su orden de precedencia es el  siguiente:    

1. Orden Militar de “San Mateo”.    

2. Orden de “Boyacá”.    

3. Orden de “San Carlos”.    

4. Medalla Servicios en “Guerra  Internacional”.    

5. Orden del Mérito Militar  “Antonio Nariño”.    

6. Orden del Mérito Militar  “José María Córdova”.    

7. Orden del Mérito Naval  “Almirante Padilla”.    

8. Cruz de la Fuerza Aérea al  “Mérito Aeronáutico”.    

9. Orden del Mérito Sanitario  “José Fernández Madrid”.    

10. Orden “Estrella de la  Policía”.    

11. Orden Militar “13 de  junio”.    

12. Medalla Militar “Al Valor”.    

13. Medalla Militar “Herido en  Acción”.    

14. Medalla Servicios  Distinguidos en “Orden Público”.    

15. Orden “Cruz al Mérito  Policial”.    

16. Orden al Mérito “Coronel  Guillermo Fergusson”.    

17. Medalla Militar “Francisco  José de Caldas”.    

18. Medalla por “Tiempo de  Servicio” (40; 35; 30; 25; 20; 15)    

19. Medalla “Fe en la Causa”  del Comando General de las Fuerzas Militares.    

20. Medalla Militar “Fe en la  Causa” del Ejército Nacional.    

21. Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Armada Nacional.    

22. Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.    

23. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”.    

24. Medalla Militar “Campaña  del Sur”.    

25. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Especiales”.    

26. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo”.    

27. Medalla Militar “Cruz de  Plata en Operaciones Especiales”    

28. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría única”.    

29. Medalla Militar “Soldado  Juan Bautista Solarte Obando”.    

30. Medalla Militar “Ministerio  de Defensa Nacional”.    

31. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Armada Nacional”    

32. Medalla “Marco Fidel  Suárez”.    

33. Medalla “Batalla de  Ayacucho”.    

34. Medalla “San Jorge”.    

35. Medalla “Santa Bárbara”.    

36. Medalla “Torre de  Castilla”.    

37. Medalla “San Gabriel”.    

38. Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”.    

39. Medalla “Brigadier General  Ricardo Charry Solano”.    

40. Medalla Militar “San Miguel  Arcángel”    

41. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos en Operaciones de Aviación”.    

42. Medalla Centenario  “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Alzate”.    

43. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Fuerza de Superficie”.    

44. Medalla “Servicios Distinguidos  a la Infantería de Marina”.    

45. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Fuerza Submarina”.    

46. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Aviación Naval”.    

47. Medalla “Servicios  Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas”.    

48. Medalla “Servicios Distinguidos  a la Inteligencia Naval”    

49. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Ingeniería Naval”.    

50. Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”.    

51. Medalla “Servicios  distinguidos a la Dirección General Marítima”.    

52. Medalla “Águila de Gules”.    

53. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”.    

54. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Inteligencia Aérea”.    

55. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea”.    

56. Medalla “Servicios  Distinguidos al ‘Cuerpo Logístico y Administrativo”.    

57. Medalla “Ciencia y  Tecnología”.    

58. Medalla “Servicios  Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional  Humanitario”.    

59. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos a la Justicia Penal Militar”.    

60. Medalla “Orden por la  Libertad Personal”.    

61. Medalla Militar “Escuela  Superior de Guerra”.    

62. Medalla Militar “Al Mérito  de la Reserva”.    

63. Medalla Militar “General  José Hilario López Valdés”.    

64. Medalla Militar “Escuela  Militar de Cadetes”.    

65. Medalla Militar “Centenario  Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova”.    

66. Medalla Militar  “Bicentenario de los Ingenieros Militares”.    

67. Medalla Servicios  Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”.    

68. Medalla Militar “Servicios  Meritorios Inteligencia Militar Guardian de la Patria”.    

69. Medalla Militar Escuela de  Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencio Chincá”.    

70. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales”.    

71. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.    

72. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Escuela de Suboficiales – CT. Andrés M. Díaz” de la Fuerza  Aérea Colombiana.    

73. Medalla “Escuela de  Lanceros”.    

74. Medalla Militar “Guardia de  Honor de Colombia”.    

75. Medalla Militar “Escuela de  Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”.    

76. Medalla Militar Escuela de  Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”.    

77. Medalla Militar “Honor al  Deber Cumplido”.    

78. Medalla “Guardia  Presidencial”.    

79. Medalla Policía Militar  “General Tomás Cipriano de Mosquera”.    

80. Medalla “Cadete José María  Rosillo”.    

81. Medalla ‘‘Alumno  Distinguido de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional”.    

82. Medalla “Alumno Distinguido  de la Escuela Naval de Suboficiales”    

83. Medalla Militar “Alumno  Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.    

84. Medalla a la virtud  “Capitán José Edmundo Sandoval”.    

85. Medalla “Deportiva de la  Fuerza Pública”.    

86. Medalla Militar “San Rafael  Arcángel”.    

87. Medalla Militar de  Desminado “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”.    

88. Medalla Militar  “Bicentenario de la Campaña Libertadora”.    

89. Medalla Militar  “Bicentenario de la Caballería”.    

90.. Medalla Militar  “Protectores de la Espada del Libertador’’.    

91. Medalla Militar “Simona  Amaya”. ·.    

Artículo 4°. Adiciónese el artículo 2.3.1.3.6.1, en el sentido  de incluir por Servicios Distinguidos prestados a la Institución Militar la  Medalla Militar ‘‘Simona Amaya”, ubicado en la Sección 6, del Capítulo 3, del  Título 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto 1070 de 2015,  “por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo  de Defensa”, el cual quedará así:    

Artículo 2.3.1.3.6.1. Condecoraciones  por Servicios Distinguidos. Son condecoraciones militares,  por servicios distinguidos prestados a la Institución, las siguientes:    

“Medalla Militar Ministerio de  Defensa Nacional, Medalla “Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar”,  Medalla Militar “Fe en la Causa” del Comando General de las Fuerzas Militares”,  Medalla Militar “Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”,  Medalla Militar “Escuela Superior de Guerra”, Medalla Militar “Al Mérito de la  Reserva”, Medalla Militar “General José Hilaría López Valdés”, Medalla Militar  “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”, Medalla Militar “Bicentenario de los  Ingenieros Militares”, Medalla Militar “Bicentenario de la Campaña Libertador  “. Medalla Militar “Bicentenario de la Caballería”, Medalla Militar “Fe en la  Causa” del Ejército Nacional, Medalla Militar “Escuela Militar de Cadetes”,  Medalla Militar ‘‘Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María  Córdova”, Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis  Bossio”, Medalla “Batalla de Ayacucho”, Medalla “San Jorge”, Medalla “Santa  Bárbara”, Medalla “Torre de Castilla”, Medalla “Brigadier· General Ricardo Charry  Solano”, Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “General Francisco de  Paula Santander”, Medalla “Guardia Presidencial”, Medalla Policía: Militar  “General Tomás Cipriano de Mosquera”, Medalla “Escuela de Lanceros”, Medalla  “San Gabriel”, Medalla Militar Escuela de Suboficiales del Ejército “Sargento  Inocencio Chincá”, Medalla Militar “San Miguel  Arcángel”, Medalla Militar “Honor al Deber Cumplido”, Medalla Militar Escuela  de Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”, Medalla  Militar “Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”,  Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación”, Medalla Centenario  Servicios Distinguidos a Reclutamiento “Simona Duque de Alzate”,  Medalla Militar “San Rafael Arcángel”, Medalla Militar “Guardia de Honor de  Colombia”, Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones Contra el  Narcotráfico en Categoría Única”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Armada  Nacional”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Cadetes  Almirante Padilla”, Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Armada Nacional,  Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales”, Medalla  “Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie”, Medalla “Servicios  Distinguidos a la Infantería de Marina”, Medalla “Servicios Distinguidos a la  Fuerza Submarina”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Aviación Naval”,  Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas”, Medalla “Servicios  Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina”, Medalla al  Mérito Logístico y· Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”, Medalla  “Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima”, Medalla “Servicios  Distinguidos a la Ingeniería Naval”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Inteligencia  Naval”, Medalla “Marco Fidel Suárez”, Medalla “Águila de Gules”, Medalla  Militar “Fe en la Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana, Medalla “Servicios  Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”, Medalla “Servicios  Distinguidos a la Inteligencia Aérea”, Medalla “Servicios Distinguidos a la  Defensa Aérea y Navegación Aérea”, Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo  Logístico y Administrativo” y Medalla “Ciencia y Tecnología”, Medalla Militar  “Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales CT. Andrés M. Díaz Díaz de la Fuerza Aérea Colombiana”, Medalla Militar  “Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho  Internacional Humanitario”, Medalla Militar de Desminado “Soldado Profesional  Wilson de Jesús Martínez Jaraba”, Medalla Militar “Protectores de la Espada del  Libertador”, Medalla Militar “Simona Amaya”; tienen como propósito estimular a  quienes se destaquen por su consagración, espíritu de cuerpo y eminentes  servicios.”    

Artículo 5º. El presente  Decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de  marzo de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Diego Andrés Molano Aponte.    

               

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