DECRETO 246 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 246 DE 2023    

(febrero 22)    

D.O. 52.316, febrero 22 de 2023    

por el cual se designa  Gobernadora ad hoc del departamento de Bolívar.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante escrito con  radicado GOBOL-22-043014 de 7 de octubre de 2022, el señor Vicente Antonio Blel Scaff, Gobernador del  departamento de Bolívar, manifestó ante la Procuraduría Regional de Bolívar, su  impedimento para “tramitar la queja presentada por el doctor Vincenzo Sannino, como apoderado·  del Edificio Portobello contra la Corporación Club Unión de Cartagena (…) por  presunta violación al régimen jurídico que regula este tipo de entidades, y a  su vez solicitando que se lleve a cabo el respectivo procedimiento  administrativo sancionatorio”, dado el parentesco en primer grado de  consanguinidad que ostenta con uno de los socios de la citada corporación,  razón por la cual, invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1°  del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto del 20 de  octubre de 2022, proferido dentro del proceso con radicación E-2022-586752, la  Procuradora Regional de Instrucción de Bolívar, aceptó el impedimento  manifestado por el señor Vicente Antonio Blel Scaff·, Gobernador del departamento de Bolívar, con el fin  que desarrolle funciones que le competen al gobernador en resolver la solicitud  presentada por el señor Vicenzo Sannino, como  representante legal del edificio Portobello contra la entidad sin ánimo de  lucro Corporación Club Unión de Cartagena, encontrando configurada la causal de  impedimento invocada y, en consecuencia, solicitó la designación de un  funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “…  Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio …”, se designará a la doctora Jennifer Guinand García, Asesora, código 1020, grado 17, ubicada en  el Despacho del Ministro del Interior, como Gobernadora ad hoc del  departamento de Bolívar.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este Último garantizado también por el artículo 3°  del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar a la gobernadora ad hoc del departamento de Bolívar.    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4 de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de. un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1. Designación.  Designar como Gobernadora ad hoc del departamento de Bolívar, a la doctora  Jennifer Guinand García, identificada con la cédula  de ciudadanía número 41959382, quien se desempeña en el cargo de Asesora,  código 1020, grado 17, ubicada en el Despacho del Ministro del Interior, con el  fin que desarrolle funciones que le competen al gobernador en resolver la  solicitud presentada por el señor Vincenzo Sannino, como representante legal del edificio Portobello  contra la entidad sin ánimo de lucro Corporación Club Unión de Cartagena, de  conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. La  Gobernadora ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante  la instancia que corresponda, en los términos del artículo 110 de la Ley 2200 de 2022.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a. través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del  Interior, el contenido del presente decreto a la Gobernadora ad hoc designada  en este acto, al Gobernador titular del departamento de Bolívar, a la Asamblea  Departamental de Bolívar, a la Procuraduría Regional de Instrucción de Bolívar,  a la Corporación Club Unión de Cartagena y al señor Vicenzo Sannino.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado a 22 de febrero de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro del Interior,    

Hernando Alfonso Prada Gil.              

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